Máximo tribunal
estableció que los involucrados aprovecharon sus vínculos para obtener
información privilegiada para vender activos.
por:
La Segunda
A cinco años de que estallara el caso que implicó una serie de multas a
ejecutivos por uso de información privilegiada por la compra de acciones
antes de la fusión entre D&S y Falabella, la Corte Suprema ratificó
las sanciones impuestas por la Superintendencia de Valores y Seguros
(SVS) a cuatro involucrados en el escándalo.
Se trata de Hans Eben -director de D&S mientras se hacían las
negociaciones y miembro del directorio de Tucapel-, Vicente Aresti
-vicepresidente ejecutivo de Tucapel-, Alejandro Irarrázabal -entonces
gerente general de Tucapel- y Eugenio Eben Aresti, gerente de nuevos
negocios de Tucapel.
La Suprema estableció que entre los mencionados "existen evidentes relaciones de familia y sociales de relevancia, sin perjuicio de las comerciales y profesionales ya descritas", y que "se produjo un cambio relevante en el patrón de comportamiento de inversión de los Sres. Aresti López, Irarrázabal Ureta y Eben Aresti en el mercado de valores, relativo a la compra de acciones de D&S", después de haberse verificado un par de conversaciones Eben Oyanedel y Aresti López.
Las acciones fueron inusuales respecto a las realizadas antes por los ejecutivos señalados, y obtuvieron ganancias un día después de que Falabella y D&S anunciaran su fusión puesto que los títulos de D&S pasaron a transarse de $230 a $280 cada una.
En el escrito se detalla que "Hans Eben Oyanedel tuvo acceso a información privilegiada relativa a las negociaciones de la fusión", y que este "no respetó los deberes de reserva y de no transmisión de información privilegiada que sobre él pesaban".
También, añade, se demostró que éstos "procedieron a vender rápidamente una gran cantidad de aquellas acciones (...) un día después de que Falabella y D&S anunciaran públicamente su acuerdo de fusión" obteniendo ganancias por estas ventas.
Por último, dice que a pesar de la apelación de los mencionados, los hechos descritos se encontraban "suficientemente acreditados" de modo que "no sólo se ha producido la infracción denunciada sino que, además, los sentenciadores se han limitado a ejercitar las facultades que les son propias dentro del ámbito de su competencia".
La Suprema estableció que entre los mencionados "existen evidentes relaciones de familia y sociales de relevancia, sin perjuicio de las comerciales y profesionales ya descritas", y que "se produjo un cambio relevante en el patrón de comportamiento de inversión de los Sres. Aresti López, Irarrázabal Ureta y Eben Aresti en el mercado de valores, relativo a la compra de acciones de D&S", después de haberse verificado un par de conversaciones Eben Oyanedel y Aresti López.
Las acciones fueron inusuales respecto a las realizadas antes por los ejecutivos señalados, y obtuvieron ganancias un día después de que Falabella y D&S anunciaran su fusión puesto que los títulos de D&S pasaron a transarse de $230 a $280 cada una.
En el escrito se detalla que "Hans Eben Oyanedel tuvo acceso a información privilegiada relativa a las negociaciones de la fusión", y que este "no respetó los deberes de reserva y de no transmisión de información privilegiada que sobre él pesaban".
También, añade, se demostró que éstos "procedieron a vender rápidamente una gran cantidad de aquellas acciones (...) un día después de que Falabella y D&S anunciaran públicamente su acuerdo de fusión" obteniendo ganancias por estas ventas.
Por último, dice que a pesar de la apelación de los mencionados, los hechos descritos se encontraban "suficientemente acreditados" de modo que "no sólo se ha producido la infracción denunciada sino que, además, los sentenciadores se han limitado a ejercitar las facultades que les son propias dentro del ámbito de su competencia".
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