VERSIONES ATRIBUIDAS a la Superintendencia de Valores señalan que esta entidad habría resuelto marginar de toda responsabilidad a los intermediarios de valores -corredoras y agentes de valores- en relación a las transacciones realizadas sobre acciones y bonos de la empresa La Polar, así como a las recomendaciones de adquisición y enajenación sobre dichos títulos.
Considerando la importancia que reviste el caso La Polar, por los montos involucrados y la gravedad de las infracciones denunciadas, y encontrándose todo esto bajo la investigación de la SVS y los tribunales en sus respectivos ámbitos de competencia, es indispensable que los pronunciamientos de la autoridad sean hechos formalmente y no a través de trascendidos.
Estas versiones no autorizadas dejan un espacio inconveniente a las interpretaciones y juicios anticipados sobre materias que requieren una profunda y exhaustiva investigación, en un tema donde la opinión pública requiere certezas sobre la verdad de lo ocurrido y sobre las eventuales responsabilidades de los involucrados. En la institucionalidad chilena no se han usado trascendidos para materias de esta seriedad y naturaleza eminentemente técnica, práctica que garantiza la seriedad requerida en el tratamiento de estos temas y brinda al mercado información consistente sobre la manera en que se desarrolla la fiscalización de las normas que lo rigen.
Por lo anterior, sería saludable que la Superintendencia aclare el origen de estas versiones y adopte medidas para evitar que se reiteren a futuro este tipo de trascendidos. Asimismo, y dadas las dudas que surgen a partir de su contenido, correspondería que se aclare formalmente si ha adoptado alguna resolución en relación a los hechos cuestionados y si se mantiene en curso la investigación para su total aclaración.
www.latercera.com
Considerando la importancia que reviste el caso La Polar, por los montos involucrados y la gravedad de las infracciones denunciadas, y encontrándose todo esto bajo la investigación de la SVS y los tribunales en sus respectivos ámbitos de competencia, es indispensable que los pronunciamientos de la autoridad sean hechos formalmente y no a través de trascendidos.
Estas versiones no autorizadas dejan un espacio inconveniente a las interpretaciones y juicios anticipados sobre materias que requieren una profunda y exhaustiva investigación, en un tema donde la opinión pública requiere certezas sobre la verdad de lo ocurrido y sobre las eventuales responsabilidades de los involucrados. En la institucionalidad chilena no se han usado trascendidos para materias de esta seriedad y naturaleza eminentemente técnica, práctica que garantiza la seriedad requerida en el tratamiento de estos temas y brinda al mercado información consistente sobre la manera en que se desarrolla la fiscalización de las normas que lo rigen.
Por lo anterior, sería saludable que la Superintendencia aclare el origen de estas versiones y adopte medidas para evitar que se reiteren a futuro este tipo de trascendidos. Asimismo, y dadas las dudas que surgen a partir de su contenido, correspondería que se aclare formalmente si ha adoptado alguna resolución en relación a los hechos cuestionados y si se mantiene en curso la investigación para su total aclaración.
www.latercera.com
No hay comentarios.:
Publicar un comentario