2011/07/10

La Polar: "No es ilegal ni reprochable que un crédito no pagado suba significativamente"

En un texto presentado a la justicia, la compañía señala: "Llamaría la atención que el Sernac pretendiera que a un deudor que deja de pagar se le mantuviera congelado el crédito".  José Troncoso Ostornol 
Seis tomos acumula, hasta ahora, la demanda colectiva que presentó el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) en contra de la multitienda La Polar.

En las carpetas -que están bajo custodia en el Primer Juzgado Civil de Santiago- figuran decenas de acciones de clientes que se sumaron a la demanda del organismo liderado por Juan Antonio Peribonio.

La acción aún no ha sido declarada admisible por la jueza Marcela Elena Solar. Es por esto que la multitienda aún no contesta la demanda.

Sí presentó un extenso escrito en el cual solicita que la demanda sea declarada inadmisible; entre otras razones, según se infiere del texto, porque las repactaciones no necesariamente perjudicaron a los clientes. En todo caso, no se hace ninguna referencia a que las cuestionadas operaciones fueron de manera unilateral.

"No nos haremos cargo de las cuestiones de hecho y de derecho que dicen relación con el fondo de la discusión. Lo anterior, en forma alguna significa aceptación de las afirmaciones del Sernac, las que rechazamos íntegramente", dice en la presentación el abogado de La Polar, Andrés Escabini.

"Situación caótica"
Uno de los fundamentos de la demanda del Sernac es que la multitienda al repactar de manera unilateral generó nuevos costos por sobre el capital, más los intereses asociados, los gastos mensuales por administración de la tarjeta y el pago de seguros, sin dejar de lado costos asociados a las cobranzas cuando hubo nuevos atrasos.

Pero La Polar afirma que las repactaciones generaron menores costos para los clientes que lo que podría haberse dado aplicando la ley.

"Como se acreditará, la repactación de los créditos impagos de los deudores implicó la aplicación sólo de intereses corrientes, cuestión que no hubiese sido posible hacer en el evento de darse la obligación por vencida y en mora del deudor, evento en el cual se debían aplicar intereses máximos convencionales; esto es, 50% más altos que el corriente de conformidad con la ley", dice.

La multitienda destaca que por aplicación de las normas del contrato de crédito -"que tal como se demostrara era conocido y aceptado por el Sernac"-, a un deudor que deja de pagar sus deudas podrá acelerarse el crédito y aplicarse el interés máximo convencional.
"De modo que llamaría poderosamente la atención que el Sernac pretendiera que un deudor que deja de pagar sus obligaciones se le mantuviera congelado el crédito por meses o años. Por el contrario, cualquier deudor que deja de pagar un crédito de cualquier naturaleza -ya sea de consumo, hipotecario, otorgado por un banco o por una casa comercial, etc.- verá cómo su crédito original aumenta significativamente, pero ello no es ilegal ni reprochable", insiste la casa comercial.

Junto a todo lo anterior, plantea que la demanda colectiva del Sernac debe declararse inadmisible, porque no cumpliría con los estándares que exige la ley para este tipo de causas, pues dice que los eventuales perjuicios dependerán de cada caso en particular.

"Si tenemos entonces que cada consumidor potencialmente afectado es una situación particular frente al resto de los consumidores y cada uno de ellos debe acreditar sus perjuicios reales y concretos, tenemos hoy día una situación procesal caótica, pues el tribunal enfrentaría tantas pretensiones indemnizatorias como consumidores concurrentes al proceso haya, situación que hecha por tierra tanto la conveniencia económica y procesal de sustanciar el presente juicio conforme a las reglas de acciones colectivas", afirma.
En su escrito, La Polar descarta además que no haya cumplido con el acuerdo que alcanzó con el Sernac el año pasado tras las primeras denuncias de clientes.

"Controvertimos tajantemente que dicha propuesta de soluciones no haya sido cumplida de manera satisfactoria, oportuna y en los términos en que mis representadas se obligaron", afirma el abogado de la multitienda en su escrito. Añade: "Distinto es lo que realmente ocurrió, y esta parte está en condiciones de acreditarlo: la propuesta encontró una baja adhesión entre los consumidores que reunían los requisitos de aplicabilidad acordados con el Sernac, toda vez que ella importaba comprometerse a pagar la deuda revertida a la época de la primera repactación y aplicados los intereses según lo disponía el contrato de crédito, lo que aparentemente no fue del interés de este grupo de consumidores que hoy ha reclamado al Sernac".

 Autoridad de EE.UU. revisa el trabajo de las auditoras en Chile

 
Avisan con sólo unos días de anticipación. Se dejan caer para fiscalizar cómo operan las firman auditoras que llevan los balances de las compañías listadas en la Securities and Exchange Commission (SEC), la autoridad de valores de EE.UU..
Es el selecto team de la Public Company Accounting Oversight Board (PCAOB), que desde 2006 ha inspeccionado a las filiales en Chile de las llamadas Big Four: Deloitte, Ernst & Young, KPMG y PwC.
En las firmas en cuestión prefieren ver el vaso medio lleno y dicen que no les han hecho observaciones de tal calibre que obliguen a emitir nuevamente los balances o corregirlos completamente, como sí ha ocurrido en EE.UU. y otros países.
¿Qué dice esta superintendencia de EE.UU. sobre la firma que auditaba hasta hace unas semanas a La Polar, PwC?
En el informe publicado en 2011 -con información de 2009- la PCAOB señala_ "no se identificó ningún problema de rendimiento de auditoría".
Después del caso Enron
La PCAOB, destaca Matías Kunstmann, de SCK Abogados y Consultores Tributarios, fue creada tras el caso Enron y "puso fin al régimen de autorregulación de las empresas auditoras, que es como actualmente éstas funcionan en Chile". Esta entidad autoriza la operación de las firmas auditoras, establece normas sobre su independencia, sus estándares y también revisa su trabajo, incluso puede pedir corregirlo, explica este experto.
¿Por qué su brazo llega hasta Chile? Kunstmann precisa que le interesa "revisar la calidad de las auditorías practicadas a filiales de empresas que emiten valores en EE.UU." y por ello, "su actividad apunta a proteger a los inversionistas que transan valores en el mercado norteamericano, no a los inversionistas chilenos".
Tiene grandes facultades. La PCAOB puede, por ejemplo, cerrar el registro de una firma auditora, de manera que no pueda trabajar para empresas registradas ante la SEC. "Incluso puede multar con hasta US$ 15 millones", señala el socio de SCK Abogados y Consultores Tributarios.
El Comité de cobranzas quería recuperar $12 mil millones mensuales durante tres años
De los múltiples antecedentes que forman parte de la investigación penal del Ministerio Público -en particular de la declaración que entregó Jorge Rojas Brito, ex subgerente de cobranzas de La Polar desde abril de 2010- se develan más antecedentes del caso.
Por ejemplo, del rol que jugó el llamado Comité de cobranzas constituido en 2010, liderado por el ex gerente general Nicolás Ramírez.
Rojas -quien había sido nombrado en su cargo por Julián Moreno, el ex gerente de Productos Financieros- explicita que para la fecha en que fue nombrado se barajaban cambios.
"Moreno me pidió que me hiciera cargo, y me comentó que hiciera un giro al problema. Los focos eran dos, tratar de recuperar la cartera especial, y ser eficiente en la recuperación de la cartera normal", dijo al fiscal el 17 de junio pasado, explicitando la incorporación de nuevos integrantes a dicho comité de cobranzas.
Estimaciones del Comité
"La idea del Comité era recuperar ($)12 mil millones mensuales, por un período de tres años".
Provisiones anunciadas el 17 de junio
"La estimación del hecho esencial de ($)530 mil millones que era lo que está hoy como la deuda de esta cartera, estimo que es acertada. Lo sé porque esta semana trabajé con los auditores externos. Antes de eso, creo que no queríamos saber qué tan grave era el problema".
Acceso a la información
"El Comité no tenía acceso al informe mensual sobre estado de la compañía que se entregaba al directorio. Tampoco sabíamos si afectaba el estado financiero de la empresa, no sabíamos cómo se efectuaba la información. El Comité no participaba en la confección del estado financiero, ni Fecu. La labor del Comité era lograr incentivar a los clientes de la cartera especial para que normalizaran su situación".
Su visión del problema
"Si me preguntas por el problema, la repactación es una consecuencia de no poder pagar; el origen era entregarle un crédito a gente que no podría pagar".
Por qué no embargó
"No podía, yo sabía que luego de las repactaciones eran deudas que los clientes no debían. Desobedecí las instrucciones de las demandas ejecutivas".
En los antecedentes, en efecto, existen minutas de reuniones de la subgerencia de cobranzas -fechadas en los primeros meses de 2010-, en que Julián Moreno "solicita hacer efectivo embargos en poblaciones para dar señales de cobro judicial y darle empuje a la cobranza efectiva".
En diciembre de 2010, existen también minutas de un "Comité de Clientes Energizados" (con ese nombre llamaban también a la cartera especial renegociada). De sus acuerdos se desprende interés por la cobranza: enviar estados de cuenta, informar cuántos clientes son de alta probabilidad de pago, entre otros.
Qué sabían los contadores internos
"Lo desconozco, los contadores no tenían contacto con mis funciones. Nunca me hicieron preguntas sobre cómo funcionaba el sistema. Los contadores internos eran Jaime Ripoll y Enrique Zúñiga. Ellos nunca me hicieron preguntas".
Qué sabían los auditores externos
"También lo desconozco. Nunca hablamos de esto; cuando los auditores iban, lo hacían para revisar los procedimientos, las políticas".
Los fundamentos de la acción del Sernac
La demanda colectiva del Sernac fue presentada el pasado 2 de junio, pocos días antes de que la compañía reconociera que hubo malos manejos financieros y que se conociera que hubo fraude.

En la acción, el organismo acusa a la multitienda de realizar repactaciones de deudas sin el consentimiento de los consumidores. La Polar ha reconocido que fueron más de 418 los clientes afectados.

El Sernac comenzó a recibir reclamos el año pasado por parte de consumidores que acusaban reprogramaciones que nunca habían aceptado, con cuotas y montos que eran fijados por la empresa y que encarecerían la deuda. Tras esto, la entidad inició un proceso de mediación a mediados del año pasado. La tienda por departamentos entregó una propuesta. Sin embargo, el Sernac sostiene que la empresa no cumplió, razón por la que inició la acción judicial.

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