La empresa La Polar confirmó que ayer presentó en el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago una ampliación de la querella interpuesta en contra de los ex ejecutivos de la multitienda por el delito de asociación ilícita.
Según precisó la compañía a través de un comunicado, la acción judicial involucra al ex presidente de la empresa, Pablo Alcalde, y a los ex gerentes Julián Moreno, María Isabel Farah, Nicolás Ramírez y Pablo Fuenzalida, así como a todos -ejecutivos, empleados y/o directores de la compañía- quienes resulten responsables de dicho delito, previsto y sancionado en el artículo 292 del Código Penal.
La nueva querella establece que "toda asociación formada con el objeto de atentar contra el orden social, contra las buenas costumbres, contra las personas o las propiedades, importa un delito que existe por el solo hecho de organizarse". Este delito tiene una penalidad de hasta 20 años de cárcel, conforme a la ley vigente.
En el escrito, presentado por el estudio jurídico del abogado de La Polar, Davor Harasic, el presidente del directorio de la compañía, César Barros, sostiene que los imputados "tenían un interés directo no sólo en realizar estas operaciones de repactaciones unilaterales masivas, que distorsionaron los estados de resultados de la empresa, sino que también que tales maniobras no fueran descubiertas posteriormente".
En el documento se detalla que los imputados "tenían pleno conocimiento de las operaciones que hoy se denuncian como ilícitas" y describe cómo es que pretendieron "ocultar la situación frente a los superiores u órganos reguladores, que podrían haber evitado la consumación de estos crímenes".
Esta ampliación de la querella agrega que dicha asociación ilícita entre los ex ejecutivos de la compañía probablemente "no comenzó con la contratación de los imputados en la empresa, pero en un punto cronológicamente posterior -a definir por la investigación- los imputados se involucraron en este ilícito".
El escrito establece además que la asociación ilícita es una "conducta que la ley sanciona con independencia de los crímenes o delitos que tal grupo pretendía llevar a cabo en la compañía".
En definitiva, la ampliación de querella indica que "la sociedad en su conjunto repudia, por el solo hecho de organizarse, a los grupos de sujetos que se asocian con el objeto de atentar contra el orden social, contra las buenas costumbres, contra las personas o las propiedades".
www.economia.terra.com
Según precisó la compañía a través de un comunicado, la acción judicial involucra al ex presidente de la empresa, Pablo Alcalde, y a los ex gerentes Julián Moreno, María Isabel Farah, Nicolás Ramírez y Pablo Fuenzalida, así como a todos -ejecutivos, empleados y/o directores de la compañía- quienes resulten responsables de dicho delito, previsto y sancionado en el artículo 292 del Código Penal.
La nueva querella establece que "toda asociación formada con el objeto de atentar contra el orden social, contra las buenas costumbres, contra las personas o las propiedades, importa un delito que existe por el solo hecho de organizarse". Este delito tiene una penalidad de hasta 20 años de cárcel, conforme a la ley vigente.
En el escrito, presentado por el estudio jurídico del abogado de La Polar, Davor Harasic, el presidente del directorio de la compañía, César Barros, sostiene que los imputados "tenían un interés directo no sólo en realizar estas operaciones de repactaciones unilaterales masivas, que distorsionaron los estados de resultados de la empresa, sino que también que tales maniobras no fueran descubiertas posteriormente".
En el documento se detalla que los imputados "tenían pleno conocimiento de las operaciones que hoy se denuncian como ilícitas" y describe cómo es que pretendieron "ocultar la situación frente a los superiores u órganos reguladores, que podrían haber evitado la consumación de estos crímenes".
Esta ampliación de la querella agrega que dicha asociación ilícita entre los ex ejecutivos de la compañía probablemente "no comenzó con la contratación de los imputados en la empresa, pero en un punto cronológicamente posterior -a definir por la investigación- los imputados se involucraron en este ilícito".
El escrito establece además que la asociación ilícita es una "conducta que la ley sanciona con independencia de los crímenes o delitos que tal grupo pretendía llevar a cabo en la compañía".
En definitiva, la ampliación de querella indica que "la sociedad en su conjunto repudia, por el solo hecho de organizarse, a los grupos de sujetos que se asocian con el objeto de atentar contra el orden social, contra las buenas costumbres, contra las personas o las propiedades".
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