Una serie de críticas a procedimientos centrales de la Justicia Laboral realizaron ayer juristas nacionales e internacionales a más de una semana de la entrada en vigencia de la señalada reforma en la Región Metropolitana.
Los cuestionamientos surgieron en un seminario organizado por la Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa) y el estudio Philippi, Irarrázaval, Pulido y Brunner. Si bien en la oportunidad se destacó la tramitación más expedita y la mayor presencia del juez en las actuaciones probatorias de la nueva judicatura, los expertos plantearon la necesidad de perfeccionar el sistema y aclararon que el cuestionado procedimiento monitorio no se basa en el modelo español, tal como lo ha señalado el gobierno.
De hecho, respecto de este último punto, el ex magistrado del Tribunal Supremo Español y ex presidente de la Sala Social, Luis Gil Suárez, sostuvo que éste “no tiene una equivalencia destacable y se sale de los esquemas clásicos, lo que podría suponer algunos riesgos y situaciones donde sea difícil mantener los equilibrios”.
El abogado Enrique Munita cuestionó que en el procedimiento monitorio (donde se abordan los reclamos que sean iguales o inferiores a 10 ingresos mínimos mensuales, se inicia en la Dirección del Trabajo y se ven en una sola audiencia) el juez puede aceptar la demanda de plano en su primera resolución y condenar a una empresa sin haber escuchado el empleador.
En ese sentido, enfatizó que “el debido proceso para ambas partes es un derecho constitucional”. Por otra parte, explicó que en España los juicios declarativos -que son los más similares a los del procedimiento monitorio- sólo se aplican para cobrar deudas en dinero, es decir para ejecutar.
Además, advirtió sobre las dificultades que se han presentado, en la práctica, para imponer recursos de nulidad, por lo que señaló que “es de esperar que ese criterio no impere”.Límites para derechos fundamentales Finalmente, en relación a los juicios de tutela fundamental -relacionados con infracciones a los denominados derechos fundamentales, como por ejemplo discriminaciones- Munita afirmó que “las sanciones que sufrirá la empresa no sólo consideran aquellas del Código del Trabajo, si no que también contempla la Ley de Compras Públicas”. Por su parte, Manuel Funes de Rioja, vicepresidente ejecutivo de la Organización Internacional de Empleadores (OIE), expresó que en “materia de derechos fundamentales es necesario establecer límites, porque si no esto se convierte en una música celestial”.
Presentan primera demanda de tutela
La primera demanda de tutela presentó ayer la Defensoría Laboral en la Región Metropolitana. De acuerdo al coordinador del organismo, Zarko Luksic, se trata de un reclamo presentado por una trabajadora que se desempeñaba en el transporte escolar de un colegio y donde no se respetaron sus derechos fundamentales. “Acá, hubo un despido en represalia, luego de que la trabajadora señalara que había un desconocimiento de la relación laboral y del fuero maternal por parte del empleador.
Entonces, como los derechos fudamentales protegen la indemnidad, se presentó la demanda correspondiente”, sostuvo Luksic, quien enfatizó que cuando una trabajador hace una denuncia en la Dirección del Trabajo o realiza una acción judicial no puede recibir represalia. Cabe señalar que el caso está siendo tramitado por la Defensoría Laboral de San Miguel.
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