2009/01/27

Se controlará precios en los comercios

Dentro de las medidas restrictivas de importación adoptadas por el Gobierno Nacional no se aplica incremento de aranceles sino se establece un cupo al sector de alimentos, por lo tanto no debe haber incremento en este sector.

Fernanda Benitez, ama de casa, señala que todavía no ha notado un incremento de precios de los productos importados en los supermercados, especialmente de los alimentos.

\"Nosotros no hemos elevado el precio de los productos importados, como bombones, zapatos, textiles, porque la empresa cuenta con mercadería anterior y los precios siguen igual, la situación cambiará cuando vengan las nuevas remesas a otros precios\", aseveró Manuel Ortega, gerente de Almacenes Tía, de la calle Gran Colombia y Borrero.

Fausto Tamayo, intendente de Policía del Azuay, señaló que la mayoría de locales comerciales no han elevado aún los precios, debido a que tendrían todavía su stock de producto.

Ley del Consumidor
Sin embargo, esta semana como juez controlador y sancionador en determinados casos, de acuerdo a la Ley Orgánica del Consumidor, realizará una especie de muestreo en los pequeños, medianos y grandes comercios, a los que se les solicitará información mediante la presentación de copias de facturas para observar a cómo adquirieron el producto y a cómo se está vendiendo, es decir para determinar si no existe especulación.


Tamayo hizo un llamado a la ciudadanía para que cuando se dé un incremento de precios sin justificación acudan y denuncien en la Defensoría del Pueblo o en la Intendencia de Policía, \"porque muchos se quedan en los comentarios, en los medios de prensa, necesitamos una denuncia particular o una excitativa fiscal para proceder, no podemos proceder de oficio en cuanto a la Ley Orgánica del Consumidor\", manifestó Tamayo.

Productos con cupos
De las 627 subpartidas que han sido restringidas sus importaciones, 271 no suben los aranceles sino se les aplica el cupo (entre el 65% y 70%), por lo tanto no deben subir de precio.
Dentro de este rubro están: peces ornamentales, papas precocidas y/o congeladas, uvas frescas, manzanas, peras, pastas alimenticias rellenas (incluso cocidas o preparadas de otra forma), productos a base de cereales, galletas dulces, galletas saladas o aromatizadas, tomates enteros o en trozos, agua (incluidas la mineral y la gaseada).


De igual manera no se incrementa aranceles, sino se aplica cupos para: perfumes y aguas de tocador, champúes, preparaciones para ondulación o desrizado permanentes, lacas para cabello, preparaciones para afeitar, navajas y máquinas de afeitar, desodorantes, lavadoras, cocinas, planchas, radios, CD, DVD, pañales para bebés, papel higiénico, alfombras, neumáticos, entre otros.

Rige desde el 15 de enero
Cabe señalar que la Corporación Aduanera Ecuatoriana (CAE) mediante el boletín Nº 26, señala que la disposición de la exigibilidad de Certificado INEN 1 rige para los embarques que se efectuaron a partir del 15 de enero de 2009, por ende as importaciones que hayan sido embarcadas antes de esa fecha se sujetarán a las normativa anterior.


Con ello, muchos importadores pueden sacar la mercadería que estuvo durante muchos días en la Aduana.

El certificado INEN 1 se exige desde el 15 de enero de 2009, como documento de control previo únicamente cuando el monto de la importación es superior a los 2.000 dólares. Se exceptúa de esta medida a los textiles, confecciones y calzados, por lo que se exigirá el documento en todas las importaciones.



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