2008/03/06

“Nosotros creemos que no se afectó el derecho constitucional con el fallo”

presidente del tdlc se refiere a negativa del organismo a aprobar la fusión entre falabella y D&S

Tras haber dado el golpe al retail al negar la unión entre las firmas, el organismo fallará en las próximas semanas de nuevo en este sector, por la “Guerra del Plasma” y por el requerimiento contra Jumbo y Santa Isabel.

Ajeno a las declaraciones, polémicas y coletazos que trajo el fallo que negó la fusión entre Falabella y D&S está el presidente del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), Eduardo Jara.S

i bien el caso fue muy expuesto en los medios durante febrero y las reuniones entre abogados y los controladores de las compañías fueron intensas, el timonel de la institución que derribó las aspiraciones de estas firmas reconoce que se mantuvo al margen de todo y que incluso aprovechó de descansar, prohibiéndose tomar algún periódico.

Pero con el inicio de las labores, Jara habla sobre esta causa y las razones por las cuales el organismo que preside decidió no aprobar la creación del mayor retailer del país.

- Tras el fallo de Falabella-D&S,

¿cree que parten 2008 como un TDLC fortalecido?-

No. Nosotros no le atribuimos al fallo un efecto que vaya más allá de lo que se resolvió. Esto no significa ni una etapa distinta del Tribunal ni una modificación de los criterios, sino que el cumplimiento de su tarea.

- ¿Qué le parece que no hayan querido insistir en la Corte Suprema?-

Esa es una decisión privativa de ellos. La Ley es muy sabia al decir que ya fallado el pleito, se produce el desasimiento del Tribunal. No tenemos nada que hacer y, por consiguiente, la decisión de lo que harán le corresponde a las partes. Son decisiones que las empresas toman libremente.

- No queda claro cuáles son las facultades del TDLC, ¿puede o no puede prohibir una operación?

Porque de la Ley se subentiende que pueden poner condiciones, no rechazos.- Ese es un tema que efectivamente se discutió al momento de redactar el fallo. Nosotros tenemos una opinión al respecto y por algo rechazamos.

Entendemos que estamos actuando dentro de las facultades.- Pero si tuvieron que discutirlo, ¿significa que la ley no es muy clara al respecto?-

Siempre va a haber interpretaciones posibles respecto al texto legal. No es la oportunidad para contra argumentar, pero el Tribunal estudió el tema y llegó a la conclusión que sí tenía las facultades para hacerlo.

-¿No se analizó, cuando se redactó el fallo, que se podría violar el derecho constitucional al libre emprendimiento?-

Nosotros creemos que no se afectó el derecho constitucional. Eso está dentro del sagrado derecho a reclamo de quienes resulten afectados, pero nuestra decisión fue fundada y se tomaron en cuenta muchos aspectos.

- Haciendo un poco de ciencia ficción y si las compañías se hubiesen fusionado sin consulta previa, ¿las hubiesen rechazado igual?-

El Tribunal no puede actuar de oficio, no lo hace por propia iniciativa. O actúa a petición de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) o a petición de los particulares y, por consiguiente, depende de la actitud que ellos hubiesen tomado, el que hubiere llegado a esta situación.Los desafíos para 2008-

Los cambios que se discutieron el año pasado al DL 211, ¿cómo impactarán en 2008 el trabajo del TDLC?-

Pretendemos que esas modificaciones agilicen un tanto el procedimiento. Hemos señalado que la recepción de la prueba es larga, tediosa y, por consiguiente, determinados ajustes que no son de gran trascendencia, pueden mejorar todo el procedimiento.

- Una de las sugerencias que se hace es poder conversar con el Tribunal y no esperar hasta la audiencia final. ¿Le parece una mejora al funcionamiento?

- La experiencia, no sólo chilena sino que mundial, establece que esto no es posible. Hay un miembro del Tribunal en la recepción de la prueba que está percibiendo las declaraciones de los testigos.

Yo creo que está suficientemente regulado ese procedimiento. Pero de ahí a entrar a una conversación con las partes, no nos parece adecuado y no existe precedente en el mundo en que un Tribunal entre a un diálogo activo con las partes.


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