2014/04/08

SBIF y el retail alegan en la Corte Suprema en disputa por las bases de datos RUT a RUT

SBIF y el retail alegan en la Corte Suprema en disputa por las bases de datos RUT a RUTEl fallo de última instancia podría ser emitido en 30 días, esto debido a que los alegatos se realizaron de forma presencial.

Por Kharla Caniupán



La lucha del comercio por no entregar las bases desagregadas tuvo ayer su última batalla en la Corte Suprema, cuando el retail y la Superintendencia de Bancos (SBIF) se encontraron en los alegatos realizados en la Tercera Sala del máximo tribunal, compuesta por los ministros Rubén Ballesteros, Rosa Egnem y María Eugenia Sandoval, Pedro Pierry y Héctor Carreño.

El comercio busca apelar la sentencia de la Corte de Apelaciones, que rechazó el recurso de protección interpuesto por la Cámara Nacional de Comercio, Cámara de Comercio de Santiago, Créditos, Organización y Finanzas (ABCDIN), CMR Falabella e Inversiones y Tarjetas (Hites), en contra del superintendente de Bancos tras la emisión de la Circular Nº40.

Para el comercio, esta norma es ilegal y arbitraria porque exige a los oferentes de tarjetas de crédito no bancaria enviar sus bases de datos desagregadas, es decir, RUT a RUT. 

En sus alegatos, la abogada Olga Feliú, representante del comercio, hizo hincapié en que la Circular Nº 40 no se ajusta a las facultades entregadas por la Ley General de Banco a la SBIF; la materia no es propia de un acto administrativo sino que es propia de ley; y la norma carece de fundamentos.

Además, argumentó varios puntos que fueron cuestionados en el fallo de la Corte de Apelaciones. Entre ellos, negó la falta de legitimación activa que tendrían las cámaras de comercio para recurrir ante tribunales superiores de justicia al amparo de los derechos vulnerados de sus socios. No obstante, indicó que si así no fuese, las otras dos entidades que representaba eran empresas emisoras de tarjetas. 

Además, la representante del comercio enfatizó que no es función de la SBIF velar por la estabilidad del sistema financiero, sino que del Banco Central. 

Concordando con su postura, nuevamente la Odecu (Organización de Consumidores y Usuarios) alegó en línea con el argumento del retail.

SBIF ratifica sus facultades


En tanto, el regulador, representando por el abogado Francisco Zúñiga, recalcó que el servicio tiene facultades para requerir información, como lo hace en la Circular Nº40, y de velar por el riesgo sistémico. Destacó que mensualmente el mercado de tarjetas de crédito no bancarias mueve US$ 200 millones, por lo que se hace imperante resguardar la cadena de pago.

Además, destacó que en el informe del fiscal del Banco Central, se explicó que mientras el ente rector era la cabeza; la SBIF, la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) y la Superintendencia de Pensiones (SP) son los brazos.

Además, el representante indicó que el comercio busca impugnar el acuerdo tomado por el Banco Central, que sirve de mandato a la SBIF, pero sin seguir los conductos establecidos para ello, como el recurso especial contemplado en la Ley Orgánica del Banco Central, que no fue utilizado.

Tras esto, expuso la Conadecus, enfatizando que la norma de la SBIF era un avance hacia una mejor fiscalización.


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