La Fiscalía Nacional Económica presentó un requerimiento acusando a la compañía de registrar varias marcas con el objetivo de dificultar el ingreso de competidores.
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) presentó un requerimiento ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), acusando a CCU de cometer una serie de prácticas anticompetitivas, tendientes a impedir el desarrollo de competidores actuales o potenciales, a través del registro de una serie de marcas de cervezas extranjeras.
Según publica esta mañana El Mercurio , el requerimiento señala que "la conducta del grupo CCU, en su calidad de actor dominante en el mercado de la cerveza, ha tendido a impedir, restringir o entorpecer la libre competencia, al dificultar la expansión o entrada de competidores actuales o potenciales".
Además, la compañía "ha perjudicado tanto a sus pares como a sus consumidores al obstaculizar la entrega de información necesaria para individualizar el producto, junto con afectar la variedad de cervezas disponibles".
El requerimiento —que deriva de una investigación iniciada en 2012 por la fiscalía, a raíz de una denuncia presentada por Cervecerías Chile— explica que CCU ha inscrito o renovado en el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) un conjunto numeroso de marcas comerciales de productos cerveceros que inciden en la posibilidad de poder inscribir una marca similar.
Entre ellas destacan tres grupos: marcas comercializadas por competidores extranjeros, tales como Águila y Pony Malt, que pertenecen al holding colombiano Bavaria; Andes de Quilmes; Antartic de Ambev en Brasil; Pacífico del Grupo Modelo; Keller del Grupo Damm, entre otras.
Un segundo grupo dice relación con variedades genéricas de cerveza como Ambar, Bock, Lager, Porter, Clarita y Clara.
Por último, la FNE señala que la compañía controlada por el grupo Luksic ha inscrito indicaciones geográficas de nuestro país que no han sido utilizadas por la compañía para la comercialización de sus productos, tales como Araucanía, Biobío y Chiloé.
En la misma línea, el requerimiento añade que la firma, además de lo anterior, ha interpuesto una serie de acciones, con el objeto de evitar una comercialización activa de productos, especialmente vinculados a competidores extranjeros.
"La conducta del grupo resulta particularmente inexcusable, atendiendo el conocimiento que las requeridas (…) tienen de las marcas comercializadas por competidores", subraya la FNE.
Considerando este escenario, la FNE le solicitó al Tribunal que declare que CCU ha infringido la libre competencia y que se abstenga de ejecutar dichas conductas a futuro. Además, le pide que ordene a la compañía poner término, en el más breve plazo, a una serie de registros marcarios, junto con condenarla al pago de costas.
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