2013/08/07

Retailers cuestionan forma en que deben dar acceso a la SBIF a sus bases de datos

Los retailers todavía están analizando la Circular N° 40 que emitió la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) en julio, que reemplazó a la Circular N°17 para Emisores y Operadores de Tarjetas de Crédito e incluyó la supervisión directa de emisores no bancarios. Se dieron 30 días para decidir si impugnarán la legalidad del documento.
La normativa, que estará rigiendo en régimen en junio del próximo año,  exige al retail financiero la entrega mensual de información sobre los créditos y cuentas por cobrar a los titulares de sus tarjetas y líneas disponibles, con sus respectivas provisiones por riesgo de crédito y los castigos efectuados; el RUT del titular; el tipo de crédito (rotativo, en cuotas, renegociado, contingente); el número de renegociaciones y el lapso de morosidad.
Este punto es el que genera cuestionamientos en el retail financiero, porque las empresas son contrarias a tener que “enviar” 17,3 millones de registros a la SBIF todos los meses, principalmente por un tema de seguridad.
“No estamos en contra de la regulación o de la fiscalización, sino que preferimos otras alternativas, como que la autoridad acceda a nuestras bases de datos, pero no a que se las lleven”, explica un ejecutivo del rubro.
Tanto la industria como el ente regulador de la banca han sostenido más de una reunión para abordar el tema, pero la preocupación de los retailers sigue siendo la misma: la transparencia sobre el destino de la información.
Según comenta un gerente, en el documento presentado por la SBIF no se aclara, en ningún párrafo, qué es lo que harán con los datos que se está “exigiendo” entregar. “Las palabras se las lleva el viento. En las reuniones se nos ha dicho que han conversado esto y que han prometido lo otro, pero no hay un sólo documento que acredite lo que se ha dicho en la prensa o en las reuniones. El punto es que, en marzo o abril, puede llegar un ministro o un director del Sernac que no esté de acuerdo con esta circular y nos cambie, otra vez, las reglas”, plantea.
En el sector insisten en que necesitan certeza jurídica de largo plazo y que tampoco se puede seguir exponiendo a las empresas a que circulares que emitan los organismos sean impugnadas por la Corte Suprema, “como ocurrió con el caso de Cencosud y el fallo de abril, que condenó al holding de Paulmann por alzas unilaterales a sus clientes, una práctica que estaba normada en una circular de 2006”, dice un ejecutivo.
La Cámara Nacional de Comercio, la Cámara de Comercio de Santiago y el Comité de Retail Financiero coincidieron en cuestionar durante el período de consulta de la Circular 40, que se tenga que entregar el detalle de la cartera de deudores, cuando aún se está discutiendo en el Congreso un proyecto de ley que regula el tratamiento de la información sobre obligaciones de carácter financiero o crediticio.
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