2013/07/24

Detalles fallo Ripley

“Tras obtener un fallo favorable, la defensa de Ripley le pidió al SII que le devolviera los intereses y multas que había pagado. No sólo no lo hizo, sino que por el ejercicio siguiente volvió a cobrarle”.
“Tras un juicio que se prolongó por SIETE años, la Corte de Apelaciones con fecha 03 de mayo del año 2013, en fallo unánime, y que actualmente se encuentra ejecutoriado, le dio la razón a Comercial ECCSA (Ripley), representada por el equipo tributario de AVL, liderado por Christian Aste, ordenó al Servicio de Impuestos Internos que le devolviera lo que dicha empresa había pagado indebidamente por intereses y multas.

Este juicio se remonta al año 2004, y se generó como consecuencia de la posición que adoptó el organismo fiscalizador luego que dicha empresa, le ganará un juicio tributario, en el que se estableció que los PPM debían suspenderse cuando la empresa registra pérdidas en el ejercicio anterior, independientemente de si en el registro FUT existían utilidades tributarias acumuladas. El criterio del Servicio es que si existían estas utilidades, no procedía suspender los PPM. La defensa de Ripley sostuvo lo contrario.

Sin embargo, intertanto se tramitaba este juicio, y todavía no se definía quien tenía razón, la empresa decidió pagar con retraso los giros que el Servicio hizo por el trimestre siguiente.

Obró así, esto es, siguiendo el criterio del Servicio, para evitar pagar con mayor recargo, ya que no tenía certeza de cuál sería la posición final de los tribunales. Sin embargo, tras obtener un fallo favorable, la defensa de Ripley le pidió al Servicio que le devolviera los intereses y multas que había pagado.

Dicha entidad NO sólo no lo hizo, sino que por el ejercicio siguiente volvió a cobrarle, pese a que existía un fallo favorable a Ripley. Para el abogado de AVL Ricardo Celaya, que integró también la defensa de la empresa, resulta sorprendente por decir lo menos la posición de la Subdirección Jurídica del Servicio de Impuestos Internos, especialmente porque el que era a esa fecha su Subdirector, don Mario Vila en la Cámara de Diputados señaló que el Servicio había llegado a acuerdo con Johnson porque habían juicios y el resultado en ellos era incierto.

Lo extraño, agregó Celaya es que en este caso había un fallo ejecutoriado favorable a la empresa y a pesar de él, se insistió en la posición fiscal. Lo anterior, hasta que la Corte en fallo unánime y luego de los alegatos correspondiente, le ordenó al Fisco que hiciera la devolución de los intereses y multas que se habían pagado indebidamente”.

www.estrategia.cl

No hay comentarios.: