Roberto Valencia /Nacion.cl
Esta mañana se desarrollarán los alegatos por la demanda colectiva del Sernac contra la empresa, debido al aumento unilateral en las comisiones de la tarjeta Jumbo. Consumidores afirman que esta práctica es similar a lo que hizo La Polar.
Durante esta jornada se realizarán los alegatos en laCorte de Apelaciones de Santiago por la demanda colectiva, presentada en 2006, por el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) contra el conglomerado del retail Cencosud, debido al aumento que realizó en el cobro de las comisiones de mantención de la tarjeta Jumbo.
El presidente de la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus), Hernán Calderón, señaló que hoy estarán presentes en tribunales, junto a los dirigentes de la Liga Ciudadana de Defensa de los Consumidores, pues ambas agrupaciones participan en la demanda contra Cencosud, controlador de las tiendas Paris y los supermercados Jumbo y Santa Isabel.
A juicio de Calderón, “El proceso contra Cencosud se basa en el mismo principio que buscamos defender en el caso de La Polar: Las empresas no pueden cambiar las reglas del juego sin pedir permiso a los consumidores”.
ALZA UNILATERAL
Hace 5 años, la empresa aumentó de $ 460 a $ 990 el valor de la comisión de mantención de la tarjeta de crédito Jumbo a cada cliente que presentaba un promedio de compras inferior a $50.000 durante los últimos 6 meses anteriores a la modificación.
Según el Sernac este cambio fue “unilateral y sin consentimiento de los usuarios, lo que va en contra de la Ley del Consumidor. Además, la empresa había informado a sus clientes que entendería aceptada la modificación, por la sola mantención o utilización de la tarjeta transcurridos 30 días contados desde la comunicación del alza de la comisión”.
Luego de revisar la demanda, los tribunales sentenciaron -en primera instancia- que “los consumidores tienen derecho a que las empresas no cambien las reglas del juego contractual sin su consentimiento, que los contratos no pueden contener cláusulas abusivas; y que la Ley del Consumidor se aplica al mercado financiero”, afirmó Calderón.
“Lo ocurrido con Cencosud y La Polar deberá ser una lección para todo el mercado. Las empresas del retail deberán sacar sus lecciones y recuperar la confianza de sus clientes. Esperamos que en el caso de La Polar, la empresa no espere a estar frente al juez para solucionar los problemas que hoy tienen miles deconsumidores”, añadió el dirigente de Conadecus.
TRANSPARENCIA
Por tal motivo, Calderón refutó las declaraciones del presidente de la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC), Lorenzo Constans, quien señaló el martes pasado que “no se deben generalizar” las críticas a las empresas del retail por lo ocurrido en La Polar.
“Lo ocurrido con Cencosud es un ejemplo de las consecuencias reales que tiene la aplicación de una cláusula abusiva en un contrato. Por eso la importancia de limpiar los contratos de este tipo de cláusulas. Los consumidores merecen contratos justos y que las empresas sean transparentes”, sostuvo Calderón.
“Hablamos de cientos de miles de consumidores que podrían ser beneficiados con esta acción colectiva. Por eso estamos presentando nuestros argumentos para que la Corte de Apelaciones pueda considerarlos al decidir la sentencia y determinar la indemnización más justa para los consumidores”, señalaron los dirigentes de Conadecus y la Liga Ciudadana, en un comunicado conjunto, ad portas de los alegatos.
SENTENCIA
La sentencia de tribunales, en primera instancia, señala que Cencosud debe “restituir los dineros cobrados en exceso a contar del 12 de julio de 2006 a todos los clientes cuyos nombres aparecen en los listados que mantiene mediante descuento directo en los estados de cuenta del mes subsiguiente a aquel en que la sentencia quede ejecutoriada. Si lo anterior no fuera posible, mediante reintegro personal a cada afectado”, informaron en el Sernac.
También se ordena el pago de una indemnización de 1 UTM ($37 mil) por cada uno de los consumidores perjudicados más una multa de 50 UTM a beneficio fiscal.
“El Sernac pedirá a la Corte de Apelaciones que revise el fallo y lo complete en aquellos puntos solicitados en la demanda original que no fueron acogidos, por ejemplo, la incorporación de los intereses a los montos a devolver a los consumidores”, se indicó en la entidad pública.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario