2014/01/10

Promulgan nueva Ley de Quiebras con proceso más ágil e inclusión de personas

La Superintendencia de Insolvencia y Reempredimiento reemplazará a la actual Superintendencia de Quiebras

La actualización de un cuerpo legal de hace más de 30 años y la incorporación de un enfoque más acorde a la realidad de las empresas y personas, son los principales hitos que se marcaron ayer con la promulgación de la nueva Ley de Reorganización y Liquidación de Activos de Empresas y Personas (Nº 20.720).

La ceremonia fue encabezada por el presidente de la República, Sebastián Piñera, junto al ministro de Economía, Fomento y Turismo, Félix de Vicente.

Los cambios que implica abarcan distintas dimensiones. Primero, se potencia la reorganización sobre la liquidación, lo que permitirá conservar una empresa como unidad productiva y generadora de empleo. Asimismo, para los trabajadores afectados se les da una mayor certeza acerca de su situación laboral, garantizando y facilitando el ejercicio de sus derechos. 



Quiebras de personas


Además la nueva ley, que fue ingresada a trámite legislativo en agosto de 2012, incluye a personas naturales, a través de un nuevo procedimiento administrativo y voluntario. De esta forma, podrán renegociar sus deudas con sus acreedores, o bien, lograr una ejecución expedita y simplificada de sus bienes.

Al respecto, Josefina Montenegro, superintendenta de Quiebras, destacó que “esto constituye uno de los hitos más importantes de nuestra actual legislación concursal, saldando una deuda histórica que el país mantiene con sus emprendedores, consumidores y trabajadores. Por ello, tenemos por delante grandes desafíos, siendo uno de ellos el actuar como facilitadores en los procedimientos de renegociación, para que los deudores que cumplan con ciertos requisitos, puedan renegociar sus deudas con todos sus acreedores”, explicó.



Los nuevos plazos


A partir de octubre, el procedimiento de liquidación de la empresa tendrá un plazo de 7 ó 24 días para iniciarlo, si hay juicio de oposición, y 7 meses para liquidar. En caso de organización efectiva y voluntaria de la empresa viable, el plazo será de 12 días para iniciarlo y 4 meses para acordar la reorganización, con protección financiera de 30 días, prorrogable a 90, con apoyo de acreedores.

Además, se crea el procedimiento de renegociación, que afecta a personas naturales, tanto trabajadores dependientes como aquellos sujetos de crédito, quienes por primera vez podrán solicitar voluntariamente someterse a él, al tener 2 ó más deudas vencidas, por más de 90 días corridos, que sumen 80 UF en total.

Por su parte, la liquidación de la persona natural deudora se hará cuando ésta mantenga 2 ó más títulos vencidos, pudiendo ser forzada o voluntaria.

Nuevos procedimientos
Reorganización de empresas Su objetivo es lograr la reestructuración de una empresa viable mediante el acuerdo entre el deudor y sus acreedores, en un plazo máximo de 4 meses.
Procedimientos de liquidación de empresas y personas: Se acotan los plazos a un máximo de 12 meses para la empresa y de 8 meses para la persona.
Procedimiento de renegociación de las personas
Justicia especializada: beneficios para los trabajadores, boletín concursal, y la creación de nuevos entes concursales
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