2012/07/23

La Polar paga indemnizaciones a clientes repactados

 En sucesivas audiencias celebradas el día 19 de julio de 2012 en el Juzgado de Policía Local de Huechuraba, se procedió a poner término a 33 de los 36 juicios iniciados en contra de La Polar por clientes repactados unilateralmente, indemnizaciones que son por un total de $72 millones, según informó este lunes la Fundación Chile Ciudadano
Se trata de demandas patrocinadas por la abogada Claudia Candiani, en las que se reclamó a la empresa el pago de indemnizaciones por el daño moral y patrimonial sufrido por los clientes que sufrieron repactaciones unilaterales.
El término de estos juicios y el pago de indemnizaciones a los clientes que demandaron ante los juzgados de policía local, por sumas que van entres los $ 2.000.000 y $ 8.000.000 por persona, es uno de los puntos incluidos en el acuerdo celebrado por La Fundación Chile Ciudadano y La Polar el 16 de mayo de 2012, y que fue comunicado como Hecho Esencial a la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) el 22 de mayo de 2012.
Chile Ciudadano y La Polar acordaron dar inmediato cumplimiento a este punto del acuerdo ya que se trata de clientes que no se incorporaron al juicio colectivo que se tramita ante el 1º Juzgado Civil de Santiago, y que, por lo mismo, no requiere de la aprobación de ese tribunal ni del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), ya que este organismo público no se hizo parte en ninguno de los juicios.
La Fundación Chile Ciudadano recordó que en la legislación chilena el daño moral no puede ser reclamado en los juicios colectivos, lo que constituye uno de los grandes vacíos de nuestra legislación.
De este modo, los clientes que asumieron una activa defensa de sus derechos como consumidores y ciudadanos, han alcanzado una retribución justa por el daño causado por las repactaciones unilaterales de La Polar.
La Fundación anunció que en los próximos días La Polar dará cumplimiento a otros aspectos del acuerdo que celebraron para poner término al conflicto suscitado por la repactaciones unilaterales, y que tampoco requieren el pronunciamiento del Sernac o del 1º Juzgado Civil de Santiago.


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