Aviacsa, que ya tenía las turbinas listas para despegar desde el pasado 3 de mayo y con ello romper casi dos años de inactividad, ahora corre el riego de retrasar sus vuelos hasta julio, en el mejor de los casos.
Pero eso no es todo. De acuerdo a tres expertos consultados por El Semanario, en el peor de los escenarios podría ser declarada en quiebra.
Ante una deuda de 22 millones de pesos (mdp) que representa 1.5% de la inversión comprometida (1,900 mdp) por los nuevos propietarios de Aviacsa, surgen dudas de una posible iliquidez del Grupo Madero; sin embargo, la realidad no es un problema de capital, sino de certeza jurídica para los nuevos propietarios de la aerolínea.
Dos abogados expertos en procesos de reestructura de pasivos a través de la Ley de Concursos Mercantiles coinciden en que hasta que se apruebe el convenio concursal de la aerolínea y quede firme, Aviacsa inyectará recursos.
“¿Cómo va invertir más Grupo Madero en Aviacsa? Lo que les motivó fue tener un plan de reestructura y un convenio concursal aprobado por el juez; luego salen con que no hay convenio por la impugnación de acreedores. En ese escenario, dudo que inyecten más recursos”, comenta uno de los expertos.
En enero pasado, el Juzgado III de Distrito en Materias Civil y de Trabajo en el Estado de Nuevo emitió su fallo en el concurso mercantil de Aviacsa así: “se dicta sentencia, se aprueba convenio y se da por terminado el procedimiento concursal mercantil”.
No obstante, un par de semanas después (el 10 de febrero) el mismo magistrado informó “se admite recurso de apelación contra sentencia de aprobación de convenio concursal de 21 de enero del 2011”.
Hasta donde se sabe, entre los acreedores que apelaron dicha sentencia están el Grupo Aeroportuario del Pacífico (GAP) -que opera 12 aeropuertos en el país- y el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM).
Para uno de los abogados, a pesar de la apelación de los acreedores, “todo mundo actuó como si la sentencia ya hubiese sido definitiva. Incluso la SCT autorizó la venta de boletos” a la aerolínea.
“Es terrible porque sin un convenio concursal en firme, la SCT autorizó la venta de boletos. También se podría pensar que deliberadamente entregó el certificado aéreo (Certificado de Explotador de Servicios Aéreos AOC No. CHP/2011) para los incumpliera Aviacsa”, dice uno de los expertos.
El Semanario solicitó a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) los argumentos o motivos legales que utilizó la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) para autorizar la venta de boletos a la aerolínea. No se obtuvo respuesta.
Así, una vez más, como en 2009, los clientes con boleto pagado viven en la incertidumbre de no viajar y esto se refleja en las redes sociales como Twitter y Facebook.
En cualquiera de los escenarios los más afectados siguen siendo los pasajeros con boleto pagado aunque, a diferencia de hace dos años, Aviacsa ha contratado los servicios de otras aerolíneas como Interjet y Magnicharters para cubrir los 15 vuelos cancelados del 3 al 6 de mayo de este año.
El Semanario solicitó información a la aerolínea, sin embargo, no hubo una respuesta inmediata para hablar con el director general, Andrés Fabre.
EL FANTASMA DE LA QUIEBRA
Según el conciliador del concurso mercantil de Aviacsa, Miguel Arroyo, “los efectos que puede tener este proceso de apelación para los términos del convenio es que la empresa se va a la quiebra y ningún acreedor cobra nada”, comentó el funcionario federal a Radio Fórmula.
Pero además, hay otras ilegalidades que podrían salir al descubierto y al menos también podrían concluir en la quiebra de la compañía. Desde el punto de vista de dos expertos en concursos mercantiles, la autorización para la venta de los servicios de transporte aéreo que autorizó la SCT a la aerolínea como la misma venta de boletos por parte de Aviacsa son ilegales.
“La resolución como la apelación es total y absolutamente jurídica, aunque para efectos prácticos es algo sumamente indeseado, fundamentalmente porque podría haber otra vez pasajeros perjudicados. Es terrible pero habría que preguntar a la SCT ‘¿Queremos estado de derecho o no lo queremos?”, señala uno de los litigantes.
En este sentido, según los especialistas, Aviacsa podría retomar el vuelo hasta que el tribunal unitario que revisa la resolución emita su fallo, el cual en el mejor de los casos podría ser en tres meses y con ello reiniciar operaciones hasta julio.
Sin embargo, como lo señala el Coordinador de Áreas del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles (Ifecom, es el brazo del Poder Judicial especializado en concursos mercantiles), Salvador Núñez Ramírez, en algunos casos el llamado “tribunal de alzada” puede requerir seis meses o más.
Hay “asuntos que se llevan seis meses o un poco más. Depende de las cargas de trabajo del tribunal que lo este resolviendo y el grado de complejidad que traiga la apelación”, señala Núñez.
Revisión de documentos, prescripciones, subrogaciones, montos de la deuda, compras de créditos, acreedores que hayan recibido privilegio o que hayan recibido una garantía sin tenerla
El especialista del Ifecom, habló con El Semanario haciendo una referencia a la generalidad de los casos vistos en las diferentes reestructuras de pasivos a través de la Ley de Concursos Mercantiles.
En ese sentido, comenta que en la apelación de una sentencia de convenio concursal, un acreedor puede inconformarse por la revisión de documentos, prescripciones, subrogaciones, montos de la deuda, compras de créditos, acreedores que hayan recibido privilegio o que hayan recibido una garantía sin tenerla, entre otra gran diversidad de tópicos.
Aunque después del fallo o resolución del tribunal unitario (también llamado de alzada), algunas de las partes que se sienta perjudicada podría escalar su queja ante un tribunal colegiado.
Sin embargo, como señala uno de los expertos consultado, en estricto sentido de la Ley de Concursos Mercantiles, Aviacsa ya debería estar en etapa de quiebra.
“Siguiente al pie de la letra la ley, Aviacsa debería estar en quiebra desde hace mucho tiempo, por los tiempos que demoró en llegar al convenio con sus principales acreedores”, comenta.
Pero Núñez aclara que más allá de solicitar la quiebra, “en todo caso podría hacerle un recordatorio al juzgado de que ya terminaron los tiempos de que dicte la sentencia. Ningún acreedor puede solicitar la quiebra” de una empresa concursada. (El Semanario Agencia, ESA)
Pero eso no es todo. De acuerdo a tres expertos consultados por El Semanario, en el peor de los escenarios podría ser declarada en quiebra.
Ante una deuda de 22 millones de pesos (mdp) que representa 1.5% de la inversión comprometida (1,900 mdp) por los nuevos propietarios de Aviacsa, surgen dudas de una posible iliquidez del Grupo Madero; sin embargo, la realidad no es un problema de capital, sino de certeza jurídica para los nuevos propietarios de la aerolínea.
Dos abogados expertos en procesos de reestructura de pasivos a través de la Ley de Concursos Mercantiles coinciden en que hasta que se apruebe el convenio concursal de la aerolínea y quede firme, Aviacsa inyectará recursos.
“¿Cómo va invertir más Grupo Madero en Aviacsa? Lo que les motivó fue tener un plan de reestructura y un convenio concursal aprobado por el juez; luego salen con que no hay convenio por la impugnación de acreedores. En ese escenario, dudo que inyecten más recursos”, comenta uno de los expertos.
En enero pasado, el Juzgado III de Distrito en Materias Civil y de Trabajo en el Estado de Nuevo emitió su fallo en el concurso mercantil de Aviacsa así: “se dicta sentencia, se aprueba convenio y se da por terminado el procedimiento concursal mercantil”.
No obstante, un par de semanas después (el 10 de febrero) el mismo magistrado informó “se admite recurso de apelación contra sentencia de aprobación de convenio concursal de 21 de enero del 2011”.
Hasta donde se sabe, entre los acreedores que apelaron dicha sentencia están el Grupo Aeroportuario del Pacífico (GAP) -que opera 12 aeropuertos en el país- y el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM).
Para uno de los abogados, a pesar de la apelación de los acreedores, “todo mundo actuó como si la sentencia ya hubiese sido definitiva. Incluso la SCT autorizó la venta de boletos” a la aerolínea.
“Es terrible porque sin un convenio concursal en firme, la SCT autorizó la venta de boletos. También se podría pensar que deliberadamente entregó el certificado aéreo (Certificado de Explotador de Servicios Aéreos AOC No. CHP/2011) para los incumpliera Aviacsa”, dice uno de los expertos.
El Semanario solicitó a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) los argumentos o motivos legales que utilizó la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) para autorizar la venta de boletos a la aerolínea. No se obtuvo respuesta.
Así, una vez más, como en 2009, los clientes con boleto pagado viven en la incertidumbre de no viajar y esto se refleja en las redes sociales como Twitter y Facebook.
En cualquiera de los escenarios los más afectados siguen siendo los pasajeros con boleto pagado aunque, a diferencia de hace dos años, Aviacsa ha contratado los servicios de otras aerolíneas como Interjet y Magnicharters para cubrir los 15 vuelos cancelados del 3 al 6 de mayo de este año.
El Semanario solicitó información a la aerolínea, sin embargo, no hubo una respuesta inmediata para hablar con el director general, Andrés Fabre.
EL FANTASMA DE LA QUIEBRA
Según el conciliador del concurso mercantil de Aviacsa, Miguel Arroyo, “los efectos que puede tener este proceso de apelación para los términos del convenio es que la empresa se va a la quiebra y ningún acreedor cobra nada”, comentó el funcionario federal a Radio Fórmula.
Pero además, hay otras ilegalidades que podrían salir al descubierto y al menos también podrían concluir en la quiebra de la compañía. Desde el punto de vista de dos expertos en concursos mercantiles, la autorización para la venta de los servicios de transporte aéreo que autorizó la SCT a la aerolínea como la misma venta de boletos por parte de Aviacsa son ilegales.
“La resolución como la apelación es total y absolutamente jurídica, aunque para efectos prácticos es algo sumamente indeseado, fundamentalmente porque podría haber otra vez pasajeros perjudicados. Es terrible pero habría que preguntar a la SCT ‘¿Queremos estado de derecho o no lo queremos?”, señala uno de los litigantes.
En este sentido, según los especialistas, Aviacsa podría retomar el vuelo hasta que el tribunal unitario que revisa la resolución emita su fallo, el cual en el mejor de los casos podría ser en tres meses y con ello reiniciar operaciones hasta julio.
Sin embargo, como lo señala el Coordinador de Áreas del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles (Ifecom, es el brazo del Poder Judicial especializado en concursos mercantiles), Salvador Núñez Ramírez, en algunos casos el llamado “tribunal de alzada” puede requerir seis meses o más.
Hay “asuntos que se llevan seis meses o un poco más. Depende de las cargas de trabajo del tribunal que lo este resolviendo y el grado de complejidad que traiga la apelación”, señala Núñez.
Revisión de documentos, prescripciones, subrogaciones, montos de la deuda, compras de créditos, acreedores que hayan recibido privilegio o que hayan recibido una garantía sin tenerla
El especialista del Ifecom, habló con El Semanario haciendo una referencia a la generalidad de los casos vistos en las diferentes reestructuras de pasivos a través de la Ley de Concursos Mercantiles.
En ese sentido, comenta que en la apelación de una sentencia de convenio concursal, un acreedor puede inconformarse por la revisión de documentos, prescripciones, subrogaciones, montos de la deuda, compras de créditos, acreedores que hayan recibido privilegio o que hayan recibido una garantía sin tenerla, entre otra gran diversidad de tópicos.
Aunque después del fallo o resolución del tribunal unitario (también llamado de alzada), algunas de las partes que se sienta perjudicada podría escalar su queja ante un tribunal colegiado.
Sin embargo, como señala uno de los expertos consultado, en estricto sentido de la Ley de Concursos Mercantiles, Aviacsa ya debería estar en etapa de quiebra.
“Siguiente al pie de la letra la ley, Aviacsa debería estar en quiebra desde hace mucho tiempo, por los tiempos que demoró en llegar al convenio con sus principales acreedores”, comenta.
Pero Núñez aclara que más allá de solicitar la quiebra, “en todo caso podría hacerle un recordatorio al juzgado de que ya terminaron los tiempos de que dicte la sentencia. Ningún acreedor puede solicitar la quiebra” de una empresa concursada. (El Semanario Agencia, ESA)
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