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2017/04/20

Caso La Polar: Corte de Santiago anula multa de la SVS a Pablo Alcalde

Caso La Polar: Corte de Santiago anula multa de la SVS a Pablo Alcalde

La sanción monetaria correspondía a 25 mil UF (equivalente a unos $662,8 millones).

Este lunes la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de reclamación y anuló la multa de 25 mil UF (equivalente a unos $662,8 millones aprox.) aplicada por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) al ex presidente del directorio de la empresa La Polar S.A, Pablo Alcalde Saavedra.
Según consigna La Tercera, el fallo sostiene que “es evidente que tanto la figura penal como la figura administrativa protegen el mismo bien jurídico: el correcto y transparente funcionamiento del mercado de valores. Por consiguiente, cuando se ha sancionado ya penalmente a un sujeto por haber ejecutado las conductas que describen las letras a) y f) del artículo 59, se contraviene la prohibición del non bis in ídem cuando se lo pretende sancionar, nuevamente, en la sede administrativa”.
La resolución que agrega que  “una consideración que podría estimarse menor, de naturaleza procesal y no sustantiva, puede reforzar la afirmación anterior. En efecto, no existe duda en orden a que la imposición de la multa administrativa decidida por la Superintendencia de Valores y Seguros por contravenciones a la Ley N° 18.045, de acuerdo al Decreto Ley N° 3.538, permite la reclamación de ésta ante la justicia ordinaria civil y prueba de ello es nada menos que este proceso”.
Asimismo indica que, aunque el orden temporal pudo ser inverso, si existe una sentencia judicial firme y que tiene autoridad de cosa juzgada emanada de la justicia ordinaria penal que tuvo por acreditados determinados hechos que constituyen contravención a determinados preceptos de la Ley N° 18.045 y la participación culpable que en ello cupo a una también determinada persona, no se entiende qué posibilidad tiene esa justicia ordinaria civil de decidir que esos hechos no tuvieron lugar o que esa persona no intervino en ellos, que no sea transgrediendo y contraviniendo la autoridad de cosa juzgada del fallo penal, si ninguna consideración o disquisición distinta de las efectuadas en la sede penal es llamada a hacer.
“Aceptar esta posibilidad importaría dejar sin sentido alguno, jurídico ni lógico, el proceso civil y ello resulta indiscutiblemente inaceptable. La decisión del juez civil ha de tener algún sentido, es decir, debe importar el ejercicio de la jurisdicción, esto es, de decidir mediante un acto de juicio con autoridad de cosa juzgada un conflicto de relevancia jurídica y cuando está todo ya determinado por otra sentencia judicial dotada de la misma fuerza no existe tal conflicto. El juicio, en pocas palabras, carece de objeto”, indica el fallo.
“No ocurre lo mismo–continúa–, en cambio (pues podrá pensarse), cuando en el juicio civil se invoca la sentencia penal condenatoria. Es cierto que en ese pleito civil no puede discutirse la existencia del hecho ni la participación culpable del condenado, conforme lo prevén los artículos 178 y 180 del Código de Procedimiento Civil, pero el juicio tiene efectivamente un objeto, cual es determinar la naturaleza y monto de los perjuicios cuya indemnización se demande y en relación a estos tópicos el juez civil ejerce jurisdicción porque respecto de ellos existe controversia”.
“En el caso de la especie, según se dijo, se trata de un único e idéntico bien jurídico, de modo que ya decidida la existencia de la contravención, y con ello la lesión o puesta en peligro del bien jurídico, y la persona del contraventor, no puede el juez administrativo volver a sancionar por lo mismo, pues de aceptarse que puede hacerlo, el juez civil que conoce del reclamo contra su decisión en rigor no ejerce jurisdicción”, concluye.
El Mostrador

2016/08/30

Confirman multa de 525 millones para ex ejecutiva en Caso La Polar

La Corte Suprema ratificó la multa aplicada por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) a María Isabel Farah Silva por la entrega de información falsa al mercado en la venta de acciones de la empresa La Polar. Este caso alcanzó relevancia luego que se diera a conocer que miles de clientes resultaron afectados tras las renegociaciones unilaterales realizadas por la multitienda, hecho ocurrido entre marzo de 2009 y junio de 2010.
En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal rechazó el recurso de casación presentado en contra del fallo que ratificó la resolución que aplicó una multa a la ex ejecutiva de 20.000 UF, es decir, $524.100.000.
El fallo señala que se comprobó “el conocimiento de la demandante acerca de las renegociaciones unilaterales y de las distorsiones de la información que se suministraba, tanto al mercado como a los organismos fiscalizadores”. Junto con ello se establece que “ella obtuvo, en la venta de valores, una ventaja inmerecida al usar información privilegiada”, razones por las cuales se desestimó su reclamo.
Fuente: pjud.cl

2015/12/19

CASO LA POLAR: $700 MILLONES DE MULTA PARA EX EJECUTIVOS

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El Segundo Juzgado de Garantía de Santiago confirmó las penas de 5 años de presidio (remitidos) y el pago de millonarias sumas de dinero a los ex ejecutivos de La Polar, Pablo Alcalde, María Isabel Farah y Julián Moreno, quienes el lunes pasado se sometieron a juicio abreviado. 

Los tres fueron acusados por la Fiscalía Centro Norte de cometer diversos ilícitos con motivo de las repactaciones unilaterales que realizó la empresa del retail entre 2006 y 2011. 

Tras el juicio abreviado del lunes, en el que los acusados reconocieron responsabilidad en los hechos por los fueron acusados, el tribunal dictó hoy sentencia condenatoria y otorgó a los imputados el beneficio de la libertad vigilada. 

Luego de conocer la sentencia condenatoria, el fiscal a cargo del caso, José Morales, destacó que se trata de la primera condena por lavado de dinero proveniente de delitos contemplados por la Ley de Mercado de Valores. 

Además, señaló que es la primera condena por los delitos de declaración maliciosamente falsa (Ley de Mercado de Valores) y declaración maliciosamente falsa sobre la conformación del capital de una empresa (Ley general de bancos). 

Estas condenas que contemplan el comiso de bienes, bonos y dinero, permitirá además a los querellantes seguir adelante con las acciones civiles de indemnización de las víctimas. 

LAS CONDENAS 

Pablo Alcalde Saavedra, ex presidente de La Polar, fue condenado como autor del delito de entrega de información maliciosamente falsa al mercado; además, la Fiscalía obtuvo su condena como como autor del delito de lavado de dinero y como autor del delito de declaración maliciosamente falsa. 

Por estos ilícitos el tribunal concedió la pena solicitada por la Fiscalía Centro Norte y lo condenó cinco años de presidio y al pago de $220 millones, que fue lo que el imputado recibió por concepto de bonos. 

Durante la audiencia del lunes, Alcalde entregó voluntariamente de $155 millones para reparar el mal causado a las víctimas. Accediendo a la solicitud de las defensas, el tribunal le concedió la libertad vigilada. 

Por su parte, María Isabel Farah fue condenada por los delitos de entrega de información falsa al mercado, uso de información privilegiada, lavado de dinero y declaración maliciosamente falsa sobre la conformación del capital de una empresa. 

Por estos delitos fue condenada a 5 años de presidio y el comiso de $228 millones que la imputada recibió por concepto de bonos más el mayor valor que recibió por medio de la venta de acciones. 

Julián Moreno, en tanto, fue condenado por los delitos de entrega de información falsa al mercado, uso de información privilegiada, lavado de dinero y declaración maliciosamente falsa sobre la conformación del capital de una empresa. 

La pena para Moreno fue de 5 años de presidio y el comiso de $228 millones, que correspondían a dineros que recibió por concepto de bonos más el mayor valor que recibió por medio de la venta de acciones. También se le concedió la libertad vigilada. 

OTROS CONDENADOS 

En este caso también fue condenado el ex gerente Nicolás Ramírez, quien fue sentenciado a la pena de cinco años de cárcel por los delitos de entrega de información maliciosamente falsa al mercado; uso deliberado de información privilegiada; declaración maliciosamente falsa en la escritura de emisión de valores de oferta pública y obtención fraudulenta de créditos suministrando datos falsos o maliciosamente incompletos. 

Tras dictar la condena el tribunal le aplicó a Ramírez el beneficio de la libertad vigilada. 

Además, se suma el ex gerente de informática de la Polar, Pablo Fuenzalida May, quien fue sentenciado a la pena de dos años de presidio como autor del delito de uso de información privilegiada y cómplice de entrega de información falsa al mercado. 

Junto con la pena de dos años de presidio remitido, Fuenzalida fue sancionado con una pena que lo inhabilita por dos años para desempeñarse en cargos del mercado de Valores. 

Asimismo, fueron suspendidos condicionalmente los acusados con menor responsabilidad en el caso. La salida se aplicó a Ismael Tapia Vidal y Marta Bahamondes, acusados como cómplices del delito de entrega de información falsa al mercado, y a Martín González, acusado por el delito de declaración maliciosamente falsa para valores de oferta pública, para quienes se pedía una pena de 541 días de presidio. 

La suspensión condicional, que se fijó por el plazo de un año, establece como condiciones para los tres acusados cumplir 60 horas de trabajo comunitarios, colaborar con la investigación de la Fiscalía, no comunicarse con los otros acusados y fijar domicilio. 

Esta misma salida se aplicó a Santiago Grage.

Aton

2015/12/16

CASO LA POLAR: PRINCIPALES IMPUTADOS ACEPTARÍAN UN JUICIO ABREVIADO

(FOTO: AgenciaUno )En el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago se está realizando una nueva audiencia en el caso La Polar, en la cual los tres principales imputados podrían enfrentar un procedimiento abreviado y, de esa manera, evitar un juicio oral por la reprogramación unilateral de las deudas de sus clientes. 

Se trata de Pablo Alcalde, ex presidente del directorio y ex gerente general del la multitienda; Julián Moreno, ex gerente de Productos Financieros, y de María Isabel Farah, ex gerenta de administración. Los tres están imputados por lavado de activos y por infracciones a la Ley de Mercado de Valores y a la Ley General de Bancos. 

Al igual que en el procedimiento abreviado que favoreció a Jovino Novoa, los tres deben reconocer su participación en los hechos y aceptar las sanciones que pide la Fiscalía Centro Norte. Estas son penas de 5 años de presidio, más el pago de millonarias multas. El único renuente es Alcalde, quien pretende probar su inocencia en juicio oral. 

El acuerdo alcanzado entre la fiscalía y las defensas permitiría que los imputados abonen a la eventual condena los meses que pasaron en prisión preventiva, lo que sumado a su irreprochable conducta anterior, les posibilitaría acceder a la libertad vigilada. No obstante, deberán pagar multas de entre $200 millones y $350 millones cada uno. 

El caso La Polar reventó en 2011, cuando se reveló que los ejecutivos de la multitienda ejecutaron la reprogramación unilateral -es decir, inconsulta-de las deudas de alrededor de un millón de clientes de La Polar. 

Esto habría derivado en el cobro, por parte de los imputados, de bonos remuneracionales. Además, se acusa a los imputados de entregar información falsa al mercado y del uso de información privilegiada.

Aton

2015/12/14

Ex ejecutivos de La Polar regresan mañana al Centro de Justicia para nueva audiencia y enfrentar posible juicio abreviado

Azucena González San Martín
Economía y Negocios Domingo
El Mercurio

Intensas gestiones se seguían al cierre de esta edición, que podrían derivar en el fin del bullado caso La Polar esta próxima semana, al menos en su arista penal. En el detalle, el acuerdo incluye un pago a beneficio fiscal cuyos montos están en un rango de entre $200 millones y poco más de $350 millones por cada uno de ellos. 



añana, a partir de las 9:30 horas, la sala D 101 del Centro de Justicia de Santiago será el escenario en que se volverán a ver las caras los ex ejecutivos de La Polar Pablo Alcalde, María Isabel Farah y Julián Moreno.

Para mañana -justo cuando coincidentemente se cumplen cuatro años desde que el 14 de diciembre de 2011 los ex ejecutivos se sentaron frente a la Fiscalía de Alta Complejidad y fueron formalizados por primera vez- está citada una nueva audiencia en el denominado caso La Polar, que se destapó aquel año.

De no mediar alguna situación extraordinaria, tras esta audiencia fructificará un acuerdo por el cual los ex ejecutivos y la fiscalía se allanarán a zanjar esta causa con un juicio abreviado.

Esto, en la práctica significa que los imputados aceptarán los hechos y antecedentes de la acusación del fiscal sin ir a un juicio oral. La pena sería de cinco años, la más alta existente en la legislación para un procedimiento abreviado, en el que los afectados cumplen dicha pena en libertad, aunque con ciertas medidas de sujeción a la autoridad, como firma periódica, por ejemplo.

De concretarse este escenario, tras la audiencia -que podría prolongarse por un par de días- terminará la arista penal de este bullado caso empresarial, que se desató cuando quedó al descubierto que la multitienda había efectuado repactaciones unilaterales de créditos, sin consentimiento de los clientes, lo que abultó artificialmente los estados financieros de la compañía.

Aunque los tiras y aflojas con los involucrados seguían siendo intensos hasta el cierre de esta edición, fuentes cercanas a la causa explican que unos y otros ven en el juicio abreviado la salida más eficiente. ¿Por qué? Aunque los afectados siguen sosteniendo en su ámbito privado que son inocentes, tienen claro que es muy poco probable que serían absueltos si enfrentan un juicio oral.

Del mismo modo, tienen también muy presente que tampoco es probable que en un juicio oral el Ministerio Público lograra condenas efectivas de cárcel. Esto, por cuanto incidirán factores atenuantes -como la irreprochable conducta anterior-, hasta el hecho de que a todos les correspondería descontarles de sus penas el tiempo que ya pasaron privados de libertad. Tanto el tiempo en que quedaron en prisión preventiva, como el lapso en que esa medida cautelar fue cambiada por arresto domiciliario total o nocturno.
María Isabel Farah, por ejemplo, estuvo en prisión preventiva unos seis meses, y luego con arresto domiciliario nocturno por más de tres años.

Así las cosas, tanto los imputados como el propio Ministerio Público saben que ir a un juicio oral no cambiaría mayormente el escenario de las penas más probables que reciban y, en cambio, sí sería solo un costo estar 10 meses o más enfrentando el caso.
Aunque en la semana hubo rumores de que Pablo Alcalde seguía muy renuente al juicio abreviado y quería ir al juicio oral para demostrar su inocencia, fuentes del caso explican que la fiscalía siempre ha planteado que la salida de juicio abreviado es para todos o ninguno, para cerrar el caso con todos.

Sin embargo, las mismas fuentes explican que si Alcalde se descolgara mañana y decidiera no ir a un juicio abreviado, no es tan claro que el ministerio dejaría de perseverar en el juicio abreviado para Farah y Moreno. Un alto conocedor así lo explica: "En ese escenario, para el Ministerio Público igual es más fácil enfrentar el juicio oral solo con un imputado y tener a los otros dos de testigos que colaboren en esa causa".

Pago a beneficio fiscal por entre $200 millones y $350 millones cada uno
Además de los cinco años, varias fuentes cercanas a la causa explican que Farah, Moreno y Alcalde deberían allanarse a pagar a beneficio fiscal un monto que ya está calculado: entre $200 millones y poco más de $350 millones cada uno.

Dicha cifra corresponde a un pago que en jerga legal se denomina la "pena de comiso", que está directamente relacionada con uno de los delitos que se les imputan: lavado de activos, es decir, sancionar los bienes o activos que percibieron de manera irregular (ya sea porque vendieron acciones o porque percibieron bonos remuneracionales) y que, a su vez, están vinculados con los otros ilícitos que sustentan esta causa.

En el caso de Julián Moreno y María Isabel Farah, se trata de información privilegiada y entrega de información falsa al mercado, además del mencionado lavado de activos. Pablo Alcalde, en cambio, no enfrenta información privilegiada, pero sí entrega de información falsa al mercado, y otro cargo: declaración maliciosamente falsa.

Conocedores del caso explican que aunque estos montos puedan parecer bajos, hay que precisar que estos no guardan relación alguna con las diversas causas civiles que siguen abiertas en los tribunales y que varios afectados -accionistas minoritarios, AFPs, entre otros- han interpuesto en pos de lograr indemnizaciones por los perjuicios que les ocasionó la debacle de La Polar en 2011.

Es por ello, revelan conocedores, que los afectados, en general, tienden a no cuestionar la pena de comiso, pues en el fondo les interesa más que los afectados tengan patrimonio para hacer frente a esos futuros fallos de la justicia civil y a las indemnizaciones, que los pagos al fisco.
Un botón de muestra: solo en una de las demandas, las AFP Cuprum, Habitat y Planvital tienen demandado a PwC y a varios ex ejecutivos de La Polar por unos US$ 470 millones.

2015/11/16

Caso La Polar: Corte de Santiago ratifica multa de la SVS a María Isabel Farah

La SVS aplicó una multa de UF 20.000 ($511 milllones) a la ex gerenta de Administración de la compañía retail por realizar una serie de operaciones irregulares.



La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia de primera instancia y la multa por 20.000 UF ($511 millones) aplicada a la ex gerenta de Administración de La Polar María Isabel Farah Silva, por su responsabilidad en una serie de operaciones irregulares en la gestión de la empresa del retail.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Marisol Rojas, Tomás Gray y la abogada (i) Claudia Chaimovich– rechazó el recurso de reclamación presentado en contra de la sanción aplicada por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), en marzo de 2012.

La resolución del tribunal determina que la sanción se encuentra ajustada a la ley, debido a las graves irregularidades detectadas en la investigación que realizó el organismo regulador y que justificaron la aplicación de la multa.
"Esta Corte es del parecer que, tanto la participación como el conocimiento de la señora Farah en los hechos establecidos tanto en el procedimiento administrativo y que se exponen en la resolución reclamada así como los argumentos esgrimidos por la señora juez a quo, resultan suficientes para estimar, que la prueba rendida en el juicio que se revisa, resultó insuficiente -por las razones que se esgrimen latamente en el fallo, específicamente, en los motivos décimo octavo a trigésimo tercero-,  para desvirtuar lo decidido por la Superintendencia de Valores y Seguros en el procedimiento administrativo y que terminó con la aplicación de la multa, materia de la reclamación", sostiene el fallo.

La resolución agrega que "todo lo antes razonado se deduce que la resolución reclamada ha sido dictada en un procedimiento administrativo; que ésta se fundó en antecedentes y razonamientos claros precisos y contundentes que no fueron desvirtuados en el juicio seguido ante el tribunal a quo, por lo que la reclamación de fojas 50 y siguientes, no puede prosperar y será rechazada (…) Que en cuanto a la petición subsidiaria en el sentido que se rebaje la multa impuesta; al efecto cabe tener presente que esta Corte también coincide con lo resuelto por el tribunal de primer grado que ha ratificado lo actuado por el Superintendente de Valores y Seguros, a lo que debe agregarse además, la gravedad de los hechos imputados, la trascendencia que éstos tuvieron, el grado de conocimiento y participación de la reclamante, los que justifican el monto de la multa impuesta, por lo que tampoco se hará lugar a la petición que al efecto formuló la defensa".

María Isabel Farah está con medidas cautelares de arraigo nacional y firma mensual y es acusada de los delitos de lavado de activos, infracciones a la Ley de Mercado de Valores y a la Ley general de Bancos por los cuales la Fiscalía Centro Norte pide 12 años de cárcel.

www.latercera.com

2015/08/06

Caso La Polar: Fiscalía se centra en Alcalde y Farah y pedirá presidio efectivo

Trascendió que el Ministerio Público llevará a juicio abreviado a Julián Moreno, mientras que para los otros imputados pedirá suspensión condicional.

Por Jimena Catrón Silo
41% cayó la acción cuando estalló el escándalo.
El próximo 18 de agosto marcará un nuevo hito en el caso La Polar.

Ése día se llevará a cabo la primera etapa del juicio oral en contra de Pablo Alcalde, María Isabel Farah y Julián Moreno, los principales implicados en el que es conocido como el mayor fraude en la historia del mercado local, que además llevó prácticamente a la quiebra al retailer considerado el de mejor desempeño de la industria, y que destapó la repactación unilateral de miles de sus tarjetahabientes.

Según trascendió, ese día las defensas solicitarían una suspensión de la audiencia, para tener más tiempo de preparación de la audiencia, debido a la gran cantidad de antecedentes acumulados en la investigación.

Por otro lado, la Fiscalía Centro Norte pedirá que se suspenda condicionalmente el proceso para Marta Bahamondes, Ismael Tapia y Martín González, debido a que las penas que se les podría aplicar eran menores y por su colaboración en la investigación.

Esto implica que quedarían sujetos, en un plazo determinado, a cumplir condiciones como por ejemplo hacer trabajos comunitarios, entre otras medidas que estime el tribunal.

De esta forma, el foco de la Fiscalía estará en Pablo Alcalde y María Isabel Farah (quienes fueran presidente y gerente de administración del retailer, respectivamente), ya que se considera que ambos fueron los principales responsables de haber creado el sistema para entregar información falsa al mercado, refinanciar a sus tarjetahabientes, y producto de lo anterior, enriquecerse con bonos y stock options que recibían por el "buen" desempeño de la compañía.
Imagen foto_00000011Pablo Alcalde, ex presidente y gerente general.
El Ministerio Público pedirá 12 años de presidio efectivo.
Los delitos que se le imputan son lavado de activos, infracciones a la Ley de Mercado de Valores y a la Ley general de Bancos.
Abreviado para Moreno

Respecto de Julián Moreno, ex gerente de productos financieros, trascendió que se solicitará una audiencia de procedimiento abreviado.

La razón por la cual él habría accedido a esta alternativa es que, además de haber colaborado en la investigación, se habría llegado a acuerdo con la defensa para la incautación de cerca de $200 millones, a los que se suman otros $200 millones aproximadamente que habían sido incautados anteriormente.
Grage en suspenso

Por otro lado, la situación de Santiago Grage es la única que aún no se define, debido a que la defensa del ex gerente de finanzas estaría solicitando la suspensión condicional,lo cual es rechazado por la Fiscalía Centro Norte.

Cabe destacar que luego de esta audiencia vendrá la preparación del juicio oral, en la que tanto el Ministerio Público como las defensas deberán aprobar o rechazar cerca de 3.000 pruebas que serán incluidas en el juicio. Y considerando que el caso Farmacias, que era bastante menos complejo que éste -según comenta una fuente del proceso-, y aún así tuvo un juicio que duró cuatro meses, se estima que si no se enfocaran los esfuerzos del persecutor en los principales implicados, podría demorar entre dos y tres años.

JUZGADO SUSPENDE DEMANDA INTERPUESTA POR MONEDA
Un revés sufrió la administradora de fondos Moneda en la demanda civil que lleva en contra de ex ejecutivos de La Polar.

El 21º Juzgado en lo Civil de Santiago decidió suspender el procedimiento, pero sólo en el caso del ex presidente de la firma, Pablo Alcalde, y del ex gerente de productos financieros, Julián Moreno.

Esteban Barra, abogado del estudio Chaves, Awad, Contreras, Schürmann, quien representa a Moreno, explica que "lo especial que tiene esto respecto de Provida (causa que también fue suspendida) es que se dicta la suspensión sólo sobre dos demandados que son los que interpusieron esta excepción: Pablo Alcalde y Julián Moreno".

La defensa de Moreno presentó el 23 de abril un incidente de suspensión en el que argumentó que el procedimiento debía interrumpirse mientras no se emita la sentencia en la causa penal que se sigue en el 2º Juzgado de Garantía y mientras no se concrete la sentencia definitiva de la reclamación de multa que está alojada en el 10º Juzgado Civil.

Barra explica que lo que se resuelva en los juicios penales, en principio y bajo ciertas circunstancias, genera cosa juzgada. "Es decir, lo que pase en el juicio penal puede ser fundamental en los resultados de los juicios civiles", explicó. Esto es importante para la defensa de Moreno, fundamentalmente en lo relativo a la infracción del artículo 59º de la Ley de Mercado de Valores sobre entregar información falsa al mercado, "porque ésa es justamente la sanción que constituye el ilícito civil", comenta el abogado.

Barra además argumenta que en el fondo, cuando una AFP demanda por haber perdido plata en las acciones de La Polar, "lo que está detrás es que está imputando una infracción de entregar información falsa al mercado", dice y agrega que "esa información es la que impacta a las acciones y se desploman cuando el supuesto engaño queda al descubierto. Lo que nosotros sostenemos es que este no es problema de repactaciones unilaterales, sino que de provisiones. Julián nunca pudo haber entregado información falsa, básicamente porque el no entregaba la información al mercado", señala.
www.df.cl

2014/10/08

Caso La Polar: Fiscalía busca enfocar juicio contra Pablo Alcalde y María Isabel Farah


Ex ejecutivos como Julián Moreno, Pablo Fuenzalida May, Santiago Grage e Ismael Tapia, podría llegar a juicio abreviado. El pasado 2 de octubre se cumplió el plazo de investigación, sin embargo, la defensa de Moreno pedirá nuevas diligencias.

Probablemente, el juicio oral del Caso La Polar contará con dos o tres imputados en el estrado. Esto debido a las negociaciones que desarrolla por estos días el fiscal José Morales con los ex ejecutivos que, supuestamente, tendrían menor grado de responsabilidad en la divulgación de información falsa al mercado. 
Eso sí, de llegar a buen puerto estas tratativas que podrían concretarse en  un juicio abreviado o  una suspensión condicional del procedimiento, ejecutivos como Pablo Fuenzalida May, Santiago Grage o Ismael Tapia, deberán colaborar y prestar declaración en la instancia final del caso. 
En esta situación se encuentra Nicolás Ramirez, primer condenado en el caso y que se acogió al beneficio. Según la defensa del ex gerente general de la multienda, “es probable que sea citado y en ese caso estará obligado a concurrir” al juicio en calidad de testigo.
Para los querellantes, este panorama no es el óptimo, pero ya es una variable asumida por los intervinientes.
“Es evidente que la intención de la fiscalía es ir a juicio con los tres principales imputados (Pablo Alcalde, Julián Moreno y María Isabel farah). No es el escenario ideal, pero entendemos que son alternativas que entrega la ley”, comenta Bárbara Salinas, abogada de los accionistas minoritarios.
Factor Moreno
Para hoy a las 10 de la mañana está fijada la audiencia de revisión de medidas cautelares del ex gerente de productos financieros de La Polar, Julián Moreno. 
Sin embargo, es casi una certeza que el ingeniero comercial no acudirá a la cita con el juzgado de garantía “debido a su delicado estado de salud”, comentan sus cercanos.
Según fuentes ligadas al caso, la defensa invocará el artículo 10 del Código de Procedimiento Penal (CPP), el cual cautela las garantías de los imputados y que permite, como en este caso, que el Servicio Médico Legal informe al tribunal sobre el estado de salud de un imputado y si este no está en condiciones físicas de enfrentar un juicio.
Este escenario es muy factible, y su defensa ya cuenta con el informe presentencial y solo restaría la confirmación del Ministerio Público y del Juzgado de Garantía para determinar si el ex ejecutivo puede enfrentar a la justicia.
De acuerdo a este informe, firmado por el doctor Abraham Saldías , jefe del Centro de Reinserción Social (CRS) de Puerto Montt, “la libertad vigilada es una medida necesaria, toda vez que (Moreno) requiere acompañamiento y supervisión profesional”.
En cuanto al cuadro depresivo del ex ejecutivo, el escrito señala que se encuentra bajo tratamiento, sin embargo, se añade que aún mantiene una “adicción tabáquica no problemetizada de larga data y que en el contexto de una afección pulmonar que lo aqueja (enfisema) se encontraría asociado a ciertas conductas autodestructivas”.
Según conocedores del caso, los informes médicos serían contundentes a la hora de acreditar el complejo estado del ex gerente que por estos días se encuentra radicado en el sur del país.
¿Nueva extensión?
Pero eso no es todo por parte de Julián Moreno, ya que su defensa -liderada por el abogado José Miguel Chaves- será clave para el desarrollo del caso, cuyo plazo de investigación venció el pasado 2 de octubre. ¿Por qué? Los apoderados del primer ejecutivo en reconocer las repactaciones unilaterales considera que aún  restan pericias por desarrollar en el caso y solicitarán una nueva extensión del plazo de investigación, “ya que aún restan diligencias computacionales por revisar por parte del Ministerio Público”, afirman. 
De acuerdo a lo establecido por el resto de las defensas, el movimiento de Moreno no será tan relevante para el desarrollo del juicio que recién podría llegar a concretarse el próximo año.
Desde la óptica de Pablo Alcalde, la salida de Julián Moreno del caso serviría para confrontar posturas, ya que el ex gerente de productos financieros ha manifestado en todas sus declaraciones que la práctica de repactaciones unilaterales era una modalidad instaurada por los directores, y conocida por el ex presidente de La Polar, Pablo Alcalde, frente a lo cual Moreno no tendría responsabilidad en la entrega de información falsa al mercado. 

Desde la óptica de los accionistas minoritarios, los últimos pasos de Julián Moreno no son otra cosa que “enfriar” el caso la Polar y buscar un cumplimiento de pena en libertad.
http://www.pulso.cl/

2014/08/23

Cuatro imputados por Caso La Polar preparan estrategias para no ir a juicio oral

Nicolás Ramírez, Julián Moreno, Pablo Alcalde y Pablo Fuenzalida otorgaron informes de salud, sociales y psicológicos para alargar el plazo de investigación u optar por un juicio abreviado.


 Los nueve imputados por el caso La Polar esperan el plazo de investigación, que termina el próximo 2 de octubre, de manera aislada, sin ninguna coordinación y muy lejos del sentido de equipo que tuvieron durante sus años de oro en el retail.

Cuatro de ellos, Nicolás Ramírez, Julián Moreno, Pablo Alcalde y Pablo Fuenzalida, han dicho que no quieren formar parte del grupo que iría al juicio oral, según publicó este sábado La Segunda. 

Ramírez ya lo solicitó y llegó a un acuerdo con el fiscal José Morales para ir a un juicio abreviado. A pesar de que aún no se llega a un acuerdo, tendrán una audiencia en el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago el 3 de septiembre para resolver la petición, explicó su abogado, Cedric Bragado.

El informe presentencial de Ramírez fue presentado el 14 de julio pasado y en él se recomienda como eficaz la alternativa de que éste sea condenado a libertad vigilada. "Está pidiendo el juicio abreviado porque no quiere enfrentar el alto costo del juicio oral, que puede significar un desgaste emocional muy fuerte y un mayor daño económico, ya que este proceso podría prolongarse hasta por diez meses", explicó Bragado.

El documento suscrito por el presidente del Consejo de Gendarmería, Óscar Merino, dice que, "considerando los antecedentes psicosociales del imputado, que reportan una baja existencia de factores de riesgo nocivos de responsividad, el Consejo Técnico de este Centro de Reinserción Social, estima que la inclusión del imputado a las penas sustitutivas de libertad vigilada o libertad vigilada intensiva, sería eficaz".

La principal ventaja del juicio abreviado es que el imputado podría recibir una sentencia máxima de cinco años de cárcel, lo cual significa cumplir esta libertad vigilada, sometiéndose tan solo a controles rutinarios por parte de la justicia

Por otro lado, Julián Moreno ya pidió los informes presentenciales psicológicos, sociales y de salud, considerados como el primer paso para luego solicitar un juicio abreviado para cada uno de los imputados.

Pero deben anticiparse a los problemas que podrían enfrentar los imputados si son condenados a una pena efectiva de cárcel. Una fuente cercana a Moreno, afirmó que "debieran considerarse las delicadas condiciones de salud que padece", ya que sufre de un enfisema pulmonar.

Pablo Alcalde, quien se dedica a supervisar inversiones familiares, no quiere ir a juicio abreviado porque quiere demostrar su inocencia, ya que sostiene que no estuvo al tanto de la maquinaria de repactaciones y que el principal responsable de ésta fue Julián Moreno. 

En lo próximo, no existe claridad sobre lo que puede ocurrir después de que concluya el plazo de investigación debido a que alguna de las partes podría solicitar una nueva ampliación y el tribunal, por su parte, acceder.

De no solicitarse una ampliación del plazo, o bien, si ésta se pide y el tribunal no lo concede, el Ministerio Público deberá en un plazo de diez días, formular los cargos y después iniciar la fase preparatoria del juicio oral.

www.emol.com

2014/06/09

La arista resuelta y los que aún buscan compensación a tres años del caso La Polar

Los consumidores fueron los primeros y únicos afectados que hasta ahora han sido compensados tras el estallido del caso.

por T. Flores 

Juan Antonio Peribonio, Ex director del Sernac: “El Sernac debería revisar los nuevos contratos”
Durante la gestión del ex director del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) Juan Antonio Peribonio se destapó el caso de las repactaciones unilaterales, que implicó un arduo proceso de negociación para lograr las compensaciones a cerca de un millón de clientes afectados por la multitienda.              
¿Qué lecciones del caso trascienden luego de tres años?
El caso La Polar marca un antes y un después en la protección a los consumidores, porque logramos detectar este fraude masivo con la legislación actual, sin mayores atribuciones. A consecuencia del caso, vinieron modificaciones para perfeccionar el sistema: primero, la Ley 20.555 del Sernac Financiero, que si bien fue parte del programa del Presidente Sebastián Piñera, sin duda esto permitió acelerar la aprobación de la ley y posibilitó el perfeccionamiento de normativas relacionadas con los reguladores, como la SVS y la SBIF. Hoy, hay normas mucho más rigurosas en materia de gobiernos corporativos, en donde los directores son responsables de las circunstancias que ocurran en las empresas de las que forman parte.                           
Dice que sin mayores atribuciones detectaron el fraude. Con los cambios al Sernac, ¿se puede aspirar a que casos como éste no se repitan?
Con el Sernac Financiero ya hubo pasos importantes. Los directores de La Polar se excusaron diciendo que no tenían conocimiento de las repactaciones unilaterales. Con el Sernac Financiero pusimos una norma que hace obligatorio que las gerencias informen a los directores de las infracciones y de los reclamos que llegan a la empresa. Hoy los directores, frente a un caso como La Polar, no tienen argumentos para decir que no estaban en conocimiento.
De las modificaciones que se harán, ¿cuál es la más significativa? 
El proyecto de ley hace un reconocimiento explícito a la labor que nosotros realizamos, creando oficialmente el mecanismo de la mediación colectiva como método de resolución de conflicto. Esa mediación la aplicamos en el caso La Polar. Como va  a tener existencia legal como procedimiento, esta nueva herramienta impediría las infracciones masivas, porque la esencia del problema es en qué minuto se detecta que es una infracción masiva.           
¿Cómo ve que a tres años aún no haya condenas?
Demuestra que es el caso de fraude masivo más grande de la historia. El Sernac debería estar revisando los nuevos contratos de La Polar. Concluimos el juicio colectivo con una conciliación, una de las compensaciones más altas pagadas por una empresa infractora. El Sernac hoy debe hacer la revisión final de los contratos, ver que estén acordes a la ley y que no tengan cláusulas abusivas.
Bárbara Salinas, Abogada de los accionistas minoritarios: "Los accionistas minoritarios han sido castigados"
En los tres años de proceso,  Bárbara Salinas, abogada de  los accionistas minoritarios en el caso La Polar, ha visto las dos mitades del vaso. En la parte vacía, ve que el perjuicio patrimonial de sus representados no ha podido ser recuperado, mientras ha habido un ablandamiento de las medidas cautelares de los imputados, sostiene.      
¿Qué ve en la mitad llena?
Que tras el estallido del caso, se generó una serie de cambios normativos importantes. Ese es, tal vez, el beneficio no directo, no para las víctimas que yo represento, sino para el mercado en general. 
A tres años del caso, ¿siente que esto se extendió más de lo que esperaban?
Si uno analiza las diligencias, independiente que todos los implicados tienen todo su derecho de ejercer su defensa, se da cuenta de que la estrategia de todas las defensas siempre ha sido dilatar la entrada en el juicio y de esta manera enfriar el caso.   
Gran parte de los minoritarios mantiene las acciones de La Polar. ¿Cómo es su situación patrimonial hoy? 
Todavía existe confianza  en esta administración. Los accionistas minoritarios han sido doblemente castigados; primero, siendo víctimas de este delito y ahora castigados por el mercado, que ha sido sumamente duro y exigente con la compañía. Hacen mediciones al mismo nivel que otras empresas del retail, cuando la situación de La Polar no es normal desde el 9 de junio de 2011. Eso ha tenido un efecto importante. Pero  los minoritarios siguen manteniendo la esperanza en la recuperación de la compañía y en que va a haber justicia.  
Parte del perjuicio también estaría relacionado con las corredoras que recomendaron comprar. ¿En qué está el proceso?
Ya se despacharon los oficios para los representantes  legales de las corredoras, así que estamos a la espera de que los cuestionarios sean respondidos y vayamos incorporando nuevos antecedentes, porque tenemos antecedentes documentados  que dan cuenta de que aquí hubo un desprendimiento de portafolio propio en los días previos al 9 de junio e incluso el mismo día por parte de algunas corredoras. Vamos a esperar las declaraciones de estos representantes y sobre esa base vamos a seguir insistiendo con otras diligencias.    
¿Piensan reunirse con el  superintendente de Valores y Seguros?
Fuimos a la SVS cuando estaba el superintendente Coloma y planteamos nuestra inquietud. Ahora vamos a volver a la carga en la SVS para   llevar a la sede administrativa de la superintendencia los nuevos antecedentes y las respuestas, para que también haga una investigación y establezca responsabilidades administrativas en las corredoras.
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2014/05/07

Corte de Santiago obliga al SII a entregar información sobre Caso La Polar

El tribunal ratificó la decisión del Consejo para la Transparencia que ordenó al Servicio de Impuestos Internos ) entregar información tributaria relacionada con el caso.

por P.San Juan
La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la decisión del Consejo para la Transparencia (CPLT) que ordenó al Servicio de Impuestos Internos (SII) entregar información tributaria relacionada con el denominado Caso La Polar.
 
En fallo unánime la Octava Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Javier Moya, Amanda Valdovinos y Jenny Boook- rechazó el reclamo de ilegalidad presentado en contra de la decisión que ordenó proporcionar una serie de informaciones a Pablo Alcalde.
 

Los datos solicitados son: a) Copia de los memos del SII Nº149 y Nº150 que dieron origen a los programas denominados “Rentas de sociedades de Inversión” y “Rentas Global Complementario”, respectivamente; b) Copia de los oficios ordinarios del SII Nº1119 y 3063, ambos de 2011; c) La nómina de los fiscalizadores a cargo de aplicar los programas referidos; d) Periodos tributarios que comprenden ambos programas y e) Duración de los programas.
 
El fallo determina que la entrega de dichos documentos no vulnera las normas de reserva de la información tributaria.
 
“Es dable precisar que el Consejo recurrido, en ningún caso, ha ordenado la entrega de documentos en los cuales consten datos patrimoniales de contribuyentes u otro antecedente que permita revelar renta; todo, en relación a los memos Nos 149 y 150, Ords. Nos 1119 y 3036, como, además, el universo de contribuyentes sujetos a dos programas de fiscalización, precisando que en ninguna parte del reclamo de ilegalidad, el Servicio de Impuestos Internos expresa su oposición específica a tal entrega sobre la base del artículo 35 del Código Tributario. Lo anterior debe entenderse en cuanto era de público y notorio conocimiento que se trataba de los ejecutivos y de las empresas del Grupo de La Polar lo que resultaba inoficioso proteger dicha información”, sostiene el fallo.
 
La resolución agrega que “resulta de interés resaltar que la información respecto de la identificación de los agentes del servicio a cargo de los programas de fiscalización y respecto de los dos programas por los que se consultó, y que el Servicio ha estimado tener por respondida dicha parte del requerimiento de acceso, lo cierto resulta ser que tal actitud no tiene asidero práctico pues debió concretarse –la respuesta –en los términos del artículo 14 de la Ley de Transparencia. Así, el Servicio debe responder formalmente al requerimiento entregando la nómina anotada de fiscalizadores como los períodos tributarios que comprenden dichos programas. Consecuencialmente, la decisión respecto de los Amparos emitida por el Consejo se encuentra ajustada a las normas vigentes sobre la materia, no configurándose causal de ilegalidad al efecto”.
 
“Los planes de fiscalización y sobre la base de la medida para mejor resolver dictaminada por el Consejo de la Transparencia, ha permitido arribar a la conclusión que no dan cuenta de datos patrimoniales que permitan configurar la tesis del secreto tributario; más aún, no se logra percibir un grado de especificidad que genere un riesgo de que afecte las funciones del Servicio reclamante. De allí que el Consejo ha sido acertado en cuanto respeta el principio de reserva tributaria y tan solo ha ordenado la entrega de los memorandos que han sido numerados y no otros que sí contendrían información relevante”, precisa el fallo.

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2014/05/06

Caso La Polar: PwC presenta querella contra SVS para evitar millonario pago de multa

Esto, luego que el ente regulador confirmara que la empresa deba pagar 2.000 UF de multa, los que se suman a las 1.500 UF que tendrá que pagar el socio Luis Alejandro Joingnant, luego que se detectaran una serie de falencias en los estados financieros auditados por PwC al retail en 2009.

La auditora PriceWaterhouseCoopers concurrió ante la Justicia para presentar una demanda contra la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) y así dejar sin efecto la millonaria multa que la empresa debe pagar por su participación en el caso La Polar. 
Esto, luego que el ente regulador confirmara que la empresa deba pagar 2.000 UF de multa, los que se suman a las 1.500 UF que tendrá que pagar el socio Luis Alejandro Joingnant, luego que se detectaran una serie de falencias en los estados financieros auditados por PwC al retail en 2009.
La empresa apunta que “jamás se inició una investigación administrativa contra el emisor y principal beneficiado con el fraude: Empresas La Polar, sino también porque, a diferencia de lo que sucedió con los otros sancionados en el primer proceso, sólo respecto de PwC y de don Luis Alejandro Joignant se efectuó una segunda investigación por los mismos hechos”.
A esto se suma que en un primer proceso administrativo contra PwC, la que culminó en marzo de 2012, fue sancionada con una multa de 8.000 UF y 6.000 UF a Joingnant.
“La SVS, después de concluida su investigación del caso La Polar y habiendo aplicado más de 24 sanciones, decidió iniciar una investigación en contra de PwC y de su socio, acerca de los mismos hechos, pero haciéndola parecer, formalmente, como distinta, con la excusa de que ahora se analizarían los trabajos de la auditoría realizados en años anteriores”, manifiesta PwC a Pulso.

 
Fuente: El Dínamo http://www.eldinamo.cl/2014/05/05/caso-la-polar-pwc-presenta-querella-contra-svs-para-evitar-millonario-pago-de-multa/ 



2014/02/04

La Polar: Fijan en ocho meses reapertura de investigación

La jueza Claudia Pizarro, fijó en ocho meses el plazo de la reapertura de la investigación en el caso La Polar. Ello luego de acceder a la solicitud de las defensas de los tres principales imputados en el caso: Pablo Alcalde, ex presidente; María Isabel Farah, ex gerente de administración; y Julián Moreno, ex gerente de productos financieros, para reabrir la investigación con el objeto de realizar diligencias pendientes.

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2014/02/03

Caso La Polar: Justicia fija en ocho meses plazo de la reapertura de la investigación

La medida fue solicitada por las defensas del ex presidente del retailer Pablo Alcalde, el ex gerente de Productos Financieros, Julián Moreno y la ex gerenta de Administración, María Isabel Farah.

por Carlos Adasme 

La jueza Claudia Pizarro, titular del Segundo Juzgado de Garantía de Santiago, fijó este lunes en ocho meses el plazo de la reapertura de la investigación en el marco del caso La Polar.
Ello luego de acceder a la solicitud de las defensas de los tres principales imputados en el caso: Pablo Alcalde, ex presidente del retailer, María Isabel Farah, ex gerente de Administración, y Julián Moreno, ex gerente de Productos Financieros, para reabrir la investigación con el objeto de realizar diligencias pendientes.

Las diligencias que fueron acogidas por el tribunal dicen relación con el acceso a algunas claves de computadores que estaban encriptados, acceso a actas del directorio y del comité de directores del retailer donde se discutió el plan de incentivos, solicitud de información a corredoras de bolsa y entidades bancarias, acceso al expediente del proceso judicial de convenio preventivo y acceso al servidor gemelo original, entre otras.

Cabe recordar que el 16 de diciembre, la Unidad de Delitos de Alta Complejidad de la Fiscalía Centro Norte, que encabeza el fiscal José Morales, cerró la investigación del caso, tras cumplirse el plazo de dos años. Tras esto, las defensas de los imputados tenían 10 días como máximo para solicitar que se reabriera el proceso de indagación.

El 23 de diciembre, el Ministerio Público presentó la acusación contra los nueve imputados: Pablo Alcalde, María Isable Farah, Julián Moreno, Nicolás Ramírez, Santiago Grage, Martín González, Pablo Fuenzalida, Marta Bahamondes e Ismael Tapia. 

Dentro de la acusación, las mayores penas de cárcel que solicitó la Fiscalía fueron para Alcalde (hasta 14 años);y para Moreno y Farah (12 años) al ser imputados, además de otros delitos, por Lavado de Activos.

El caso La Polar estalló luego que se detectaran irregularidades en el manejo del negocio crediticio del retailer, con masivas repactaciones unilaterales de clientes y que derivó en un hecho esencial enviado el 9 de junio de 2011 por la firma a la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) donde se reconocieron prácticas crediticias “no autorizadas por el directorio".

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2014/01/29

Caso La Polar: justicia acoge diligencias de la defensa de Pablo Alcalde

Caso La Polar: justicia acoge diligencias de la defensa de Pablo AlcaldeSegún estimaciones de abogados, las nuevas indagaciones podrían demorar un año.

En el marco de la audiencia solicitada por algunos imputados en el caso La Polar para reabrir la investigación, ayer la defensa del ex ejecutivo de La Polar, Pablo Alcalde, encabezada por Jorge Bofill, presentó cinco diligencias, todas aceptadas, que permitirán indagar en asuntos de la investigación que -a su juicio- no están bien esclarecidos. Entre ellos, el acceso a claves de computadores utilizados en dichos años, una copia de la carpeta del convenio judicial preventivo, el acceso a actas de directorio y comité de directorios por el tema de repactación, el oficio de corredores y bancos, y la copia original del servidor gemelo de la compañía. 

Acerca de este último punto, la jueza del Segundo Juzgado de Garantía, Claudia Pizarro, señaló que “la magistrado autoriza esto (acceso a copia original del servidor gemelo) siempre cuando sea a través de expertos”.

Plazos


Según estimaciones de las partes involucradas respecto de los plazos que ahora se plantean para investigar los nuevos antecedentes, éstos bordean el año, ya que, entre otras cosas, se debe atender “a las comparaciones que se han efectuado, sobre todo con el caso del servidor gemelo y los peritajes que están solicitando, que a juicio de ellos no son maniobras dilatorias”, explicó la abogada de los accionistas minoritadios, Bárbara Salinas.

Además de la solicitud de Pablo Alcalde, ayer también se vería la de Marta Bahamondes (ex gerenta de gestión y desarrollo), sin embargo, el abogado de esta última sufrió un accidente y la audiencia se suspendió hasta el próximo lunes.


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