2015/05/23

Luz verde al proyecto que asegurará velocidad mínima de internet

Habrá mayor exigencia y fiscalización a las empresas proveedoras de este servicio, y arriesgan sanciones por incumplimiento.
Luz verde al proyecto que asegurará velocidad mínima de internet

La Comisión de Transportes y Telecomunicaciones del Senado aprobó el proyecto que busca garantizar que las compañías de telecomunicaciones cumplan con un estándar de velocidad mínima de acceso a internet a sus clientes.
Esta aprobación busca modificar la Ley General de Telecomunicaciones para medir el rendimiento de las conexiones a internet nacionales e internacionales, alámbricas e inalámbricas de los distintos planes comerciales de las compañías.
Además, según lo establecido, la autoridad podrá diferenciar las exigencias dependiendo de la tecnología utilizada, como internet fijo, inalámbrico o banda ancha móvil.
En el documento se consideran las propuestas del senador Felipe Harboe, donde propuso que para las conexiones fijas se exija garantizar el 60% de la velocidad de acceso ofrecido para las conexiones nacionales, y un 40% para las internacionales, mientras que para las conexiones móviles sea un 50% para las nacionales y un 30% para las internacionales.
También establece mayores sistemas de fiscalización y se elevarán las exigencias a las operadoras, quienes incluso arriesgarán multas en caso de no cumplir con la velocidad ofrecida.
Para asegurar la neutralidad de las mediciones se determinó que un organismo técnico independiente será el encargado de esta labor, el que será financiado por aportes de los proveedores de internet, de acuerdo a su participación de mercado.
En tanto, el ministerio de Transportes y Telecomunicaciones deberá establecer los niveles de calidad de servicio exigidos -que irían en línea a lo acordado en los estándares internacionales- y la Subsecretaría de Telecomunicaciones dictará la normativa técnica que corresponda.
"Esta deberá referirse explícitamente a la metodología y periodicidad de las mediciones y a las características técnicas que permitan comercializar servicios de acceso a Internet bajo la denominación de banda ancha, sea que éstos contemplen o no degradación de velocidad por cuota de tráfico y a toda otra materia relacionada", explica el documento.
En el proyecto, que ahora será revisado por el Senado, se establece además que estas obligaciones deberán ser aplicadas a partir de 6 meses desde su publicación. La normativa técnica afectará a los contratos nuevos y a los antiguos.
Cabe recordar que este proyecto fue ingresado al Senado en septiembre de 2009 y pasó directamente a la comisión de área, la que a partir de marzo de 2014 comenzó a revisarlo.
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