2016/04/11

¿Cuánto pesan los argumentos de la oposición?

Esta semana el Tribunal Constitucional decidirá si acoge a trámite o no el requerimiento que parlamentarios de la UDI y RN presentaron en contra de cuatro elementos de la reforma laboral: titularidad sindical, extensión de beneficios, negociación colectiva interempresa y derecho de información. Entre los argumentos de la oposición, representada por el abogado constitucionalista Gastón Gómez, destacan la supuesta “discriminación arbitraria” y vulneración de la “libertad sindical”, especialmente en la titularidad y extensión. La derecha asegura que la normativa aprobada por el Congreso “coacciona” a los trabajadores y los “obliga” a pertenecer a un sindicato para negociar colectivamente y, luego, acceder a los beneficios de ese proceso. Son justamente estos dos tópicos -extensión y titularidad- los que el bloque opositor considera “más ganables”, no así con derecho de información y la negociación colectiva interempresa. El fallo del TC se podría conocer durante la primera quincena de mayo. Por Narayan V. Caviedes.

Michel Laurie, senior manager de PwC.TITULARIDAD COMO AFILIACIÓN FORZOSA

El senior manager de PwC, Michel Laurie, cree que de los cuatro puntos impugnados por la oposición en el Tribunal Constitucional, "uno es el más sólido o bien sobre el cual se le podría conceder al bloque un punto técnico con mayor peso".

Se trata de la titularidad sindical, uno de los pilares fundamentales del proyecto de ley de reforma laboral.
"El hecho que la nueva ley establezca que, ante la existencia de un sindicato en una empresa, los trabajadores no sindicalizados no podrán negociar colectivamente sino a través del sindicato, restringe, a mi juicio, la garantía constitucional establecida en el artículo 19 N° 16 de la Constitución Política".

¿Por qué la nueva ley restringiría un derecho protegido constitucionalmente?, se cuestionó el experto.

"La Constitución Política establece que 'la negociación colectiva con la empresa en que laboren es un derecho de los trabajadores', salvo los casos en que la ley expresamente no permita negociar", afirma Laurie, quien agrega "por lo tanto, la Constitución establece que el derecho es de los trabajadores y no de los sindicatos. Lo anterior debe vincularse con lo establecido en el mismmo artículo de la Constitución Política que establece: El derecho a sindicarse en los casos y forma que señale la ley. La afiliación sindical será siempre voluntaria".

Dicho esto, subraya el experto de la auditora PwC, "podría entenderse que, con la nueva ley, indirectamente se está obligando al trabajador a afiliarse a un sindicato, para poder negociar colectivamente y, ello a mi juicio, es una restricción al derecho a optar por sindicalizarse o no y, luego, es una restricción al derecho a negociar colectivamente, por ejemplo, a través de un grupo negociador, esto es, sin formar un sindicato".

José Luis Ugarte, experto de la Universidad Diego Portales.ARGUMENTO DE EXTENSIÓN ES "DÉBIL"
A juicio del experto en derecho laboral de la Universidad Diego Portales, José Luis Ugarte, la confianza que la UDI y RN manifestaron en relación al fallo que podría entregar el TC "puede estar basada en el juicio político, con un tribunal dominado por sectores de derecha".

Para el académico, la argumentación del requerimiento es "muy débil", especialmente en la extensión de beneficios con acuerdo del empleador y el sindicato.

"Ellos alegan que el trabajador no sindicalizado está siendo discriminado, porque no va a recibir los beneficios de la negociación colectiva por el hecho de no estar sindicalizado, lo que es un mal argumento. El no sindicalizado está siendo tratado distinto, eso es efectivo, pero no basta eso para que exista una discriminación, se requiere que ese trato sea injustificado y aquí hay una justificación, que es esa persona no solamente no pertenece al sindicato, sino que no participó de la negociación colectiva, con los riesgos y costos que ello implica", afirma Ugarte. Además, agrega, "en el proyecto se incorporó una indicación que establece que no es práctica antisindical la negociación de beneficios individuales".

"No hay una diferencia de trato arbitraria, sino que justificada, que es formar parte de una negociación colectiva", enfatiza.

"La oposición habla de 'coacción'. Es decir, que el trabajador no sindicalizado no puede mantenerse sin sindicalización. Si no quiere estar en el sindicato, no está; si quiere negociar individualmente, lo puede hacer por su cuenta. No le gusta el sindicato, puede formar otro".

Para el abogado, la oposición "no está defendiendo a los trabajadores no sindicalizados, sino que está defendiendo las facultades del empleador de extender o no los beneficios".

César Toledo, consulttor laboral.NEGOCIACIÓN SIGUE SIENDO EN LA EMPRESA
Junto al derecho de información, el cuestionamiento a la negociación colectiva interempresa es uno de los puntos que "posiblemente" no sea acogido por el TC, según reconocen legisladores de la propia oposición.
Así también lo considera el consultor laboral César Toledo, quien sostiene que "la voluntad del gobierno y lo aprobado por el Congreso no es una negociación interempresa, cuestión que tampoco sería inconstitucional, sino que es la posibilidad que en ciertos tipo de empresas, un sindicato interempresa pueda actuar como agente negociador en negociaciones de empresa, de una sola empresa".

El abogado laboralista agrega: "Lo que está omitido del debate público es que en el sistema actual y en el propuesto por la reforma existan trabas para que los trabajadores puedan negociar 'con la empresa en que laboran, como lo establece el artículo 19 N°16 inciso 5to de la Constitución. La única posibilidad que tienen los trabajadores de negociar colectivamente de un modo vinculante es vía representación de un sindicato de empresa o interempresa en casos específicos. En circunstancias que debería ser absolutamente inocuo el tipo de sindicato, en la medida que se esté negociando a nivel de empresa".

Toledo ejemplifica, afirmando que "podría un sindicato de panificadores de toda la Región Metropolitana pretender plantear una negociación colectiva, en representación sólo de los trabajadores que laboran en una sola panificadora. Eso es una negociación de empresa".

El experto cuestiona la obligatoriedad para negociar en medianas y grandes empresas, y la voluntariedad en pequeñas firmas, señalando que "se supone que hay un derecho a negociar".

Carlos Boada, asesor de la Conapyme.SE CUESTIONA GARANTÍA DE PRIVACIDAD
"Este es un problema donde está involucrada la garantía constitucional de la privacidad de los trabajadores". Así se refiere el asesor de la Conapyme, Carlos Boada, a la impugnación de artículos relativos al derecho de información en la reforma laboral.

"El derecho que aquí se está cuestionado no es el del empresario, sino que el del trabajador. Lo que sí toca al empleador es una disposición que establece que él tiene la obligación de ser garante y cautelar la información de sus trabajadores. Por lo tanto, vamos a tener dos disposiciones: una que obliga al empresario a cautelar la información de los trabajadores; y otra que podría obligar a entregar esa información. Estamos frente a dos normas y el TC tiene que resolver cuál primaría. Entonces, está en juego la garantía constitucional respecto de los trabajadores y hay un problema interpretativo sobre las obligaciones que tiene el empleador", señala el abogado.

Boada agrega: "Cuando se establece que el trabajador puede autorizar la entrega de su información, efectivamente, y como la garantía está en beneficio del trabajador y no del empleador, si es el propio empleado el que está autorizando la entrega de esos antecedentes, por supuesto que será difícil establecer ahí un quebrantamiento de la garantía constitucional, pero no así respecto de poder entenderse cuando está en los estatutos cuando se constituye el sindicato, intrínsecamente establecida la autorización para entregar la información del trabajador". Su conclusión es que "en el primer caso, cuando es el propio trabajador es más discutible si se estaría vulnerando o no. Respecto de la segunda, no nos parece que sea una fórmula que pueda afectar una garantía constitucional".
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